Duda contrato por obra y servicio

Hola,
tengo muchas dudas sobre la legalidad de mi situación. Trabajo en una productora audiovisual con un contrato por obra y servicio. Llevo dos años y medio y cada cierto tiempo me hacen firmar un contrato por obra y servicio nuevo. Normalmente, especifican que es para cubrir la campaña de navidad, la de semana santa, la feria, etc. Y así sucesivamente. El caso es que soy la redactora de la empresa, realizo guiones y los textos de un periódico mensual. Estoy en el mismo puesto desde que empecé y haciendo las mismas cosas. ¿Es un contrato en fraude de ley? Además, me tienen contratada como ayudante de redacción, cuando desempeño otras funciones ya que soy totalmente responsable de la redacción, ¿podría reclamar esa situación si me despidieran?
Muchas gracias.

2 respuestas

Respuesta
1
Por lo que cuentas y los sucesivos contrato de trabajo de obra y servicio que te hacen, tu contratación tiene carácter indefinido. Ante esta situación puedes hacer dos cosas:
1- Exigir a la empresa que te realize una conversión de tu contrato eventual a indefinido (en la que te deben reconocerte la antigüedad del primer contrato de obra o servicio sujeto a campañas temporales)
2- En el caso de no existir acuerdo con la empresa en la conversión, puedes dirigirte a tu oficina del INEM correspondiente con copia de tus contratos de trabajo y solicitarles que de oficio reconozcan tu contrato en fraude de ley, convirtiéndose en indefinido de oficio.
En cuanto a las tareas desempeñadas en categoría inferior, debes.:
1- Exigir a la empresa que o bien te reconozcan la categoría superior conforme a las tareas que desempeñas, con el sueldo correspondiente a la categoría desempeñada.
2- O bien, que te paguen en nómina conforme a la categoría superior que estas realizando, si por razones técnicas o/u organizativas de la empresa no pueden realizar un cambio de categoría "que deben probar fehacientemente", (esto es esta contemplado en el art.39 del Estatuto del Trabajador) y es lo que se denomina movilidad funcional, pero con las siguientes limitaciones:
- La empresa puede mantenerte realizando funciones de categoría superior o inferior durante 6 meses en un plazo de 1 año o 8 meses en el plazo de 2 años, pasado este tiempo te legitimiza para exigir el ascenso y de no ser llevado a cabo, puedes exigirlo ante la juridición competente (Juzgado de lo Social)
Por lo que he leído prácticamente da igual tener un contrato por obra y servicio que uno indefinido, sólo variaría en caso de indemnización por despido. Es mejor esperar a que me despidan o debería exigirlo ya.
En el caso de la categoría profesional, pregunto exactamente lo mismo. Si no me suben de categoría es porque no me quieren pagar más y si lo pido lo más probable es que me echen a la calle. Si espero a que me echen puedo pedirlo con carácter retroactivo, no sé si se dice así, es decir, ¿qué me paguen el tiempo que he estado trabajando en un categoría superior estando contratada como ayudante?
Te interesa hacer lo siguiente.:
Exigir a la empresa:
- Contrato indefinido
- Reconocimiento de categoría superior y así como su salario conforme a categoría.
Ambas cosa te recomiendo hacerlas por escrito: ya que en caso de despido, te facilitará reclamarlo judicialmente.
Puedes reclamar cantidades durante 1 año a la fecha del decido, transcurrido este año caducará tu acción legal para solicitarlas.
Respuesta
1
Si las obras están claramente identificadas y detalladas y se corresponden con la época en la que te lo hacen sería correcto, pero si ponen cualquier motivo y tienes serias dudas de que sean correctas acude a la Inspección de trabajo con todos los contratos y denuncia la situación. Es una denuncia anónima, si así lo solicitas, y ellos mandarán un Inspector de trabajo para que evalúe los contratos y demás. En caso de que estuvieran hechos en graude de ley la consecuencia inmediata es la conversión del contrato en indefinido.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas