Expediente regulación empleo

Mi empresa va ha hacer un ERE para ponernos a media jornada durante 6 meses, solo a parte de los empleados, es legar que sea a parte de los empleados. ¿Puedo negarme? ¿Qué ocurriría si me niego? Tengo antigüedad de 10 años en esta empresa. Si firmo el ERE y después de los 6 meses me echan. ¿Me corresponderían 45 días por año o pasaría a 20 días por año?

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Es totalmente legal que afecte a unos trabajadores y a otros no. Es potestativo de la Empresa pero en caso de haber comité de Empresa han de acordarlo conjuntamente con ellos (en caso de no llegar a un acuerdo entre ambas partes se tendría que estar a lo dispuesto en la Oficina Territorial de trabajo). En caso de que no exsista Comité de Empresa tendrá que crearse una comisión de trabajadores para que negocien con la Empresa. Todo esto suele pasar en los Expedientes de Regulación definitivos (los de despido) pero en los temporales las Empresas suelen hacer lo que les da la gana cuando no hay comité (os aconsejo pongáis esto rápidamente en manos de un sindicato para que os ayuden en toda la negociación como asesores).
Si tu nombre aparece en la lista de los afectados y ha habido acuerdo no puedes negarte. Si después del ERE te despiden improcedentemente el despido sería de 45 días pero si es objetivamente (es decir, que existan causas económicas, productivas o de organización) la indemnización seria de 20 días de salario por año de trabajo
No hay comité de empresa. La elección afecta al 50 % de los empleados y se ha hecho "a dedo". Por ejemplo, hay un trabajador inmigrante que lleva 5 meses en la empresa y no está en la lista, sin embargo yo llevo 10 años y si estoy.
¿Esto es realmente un ERE o es un acuerdo entre trabajador-empresa?
¿Si no firmo la empresa puede tomar represalias contra mi?
Firme o no firme, ¿la empresa me puede despedir aplicando el despido objetivo?
Gracias de antemano
Si no hay Comité de Empresa necesitarán el acuerdo de los trabajadores afectados para poder plantear el ERE y en caso de no llegar a un acuerdo decidiría la Oficina Territorial de trabajo. Se ha de abrir un periodo de consultas obligatorio de 15 días. Te podrías negar aludiendo razones discriminatorias y que sea la Justicia quien resuelva. Te aconsiejo que acudas a la Inspección de trabajo y le cuentes lo que me dices y que esa elección se estará haciendo a dedo y es totalmente discriminatorio y que sean ellos los que te asesoren los pasos a seguir.
El negarte a un ERE no implica despido objetivo. Para que sea un despido objetivo la Empresa ha de argumentar PERFECTAMENTE que existen causas económicas, organizativas o de producción, sino sería un despido improcedente. El despido es libre pero no gratuito, claro que te podrían despedir (como a todos lamentablemente) pero te tendrán que pagar lo que te corresponde.

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