Despido en vacaciones tras baja maternidad

Tras la baja por maternidad y el permiso de lactancia me encuentro disfrutando de las vacaciones del año pasado (el último día sería el 23 de febrero). El viernes echaron a varios compañeros, y creo que yo soy una de ellos (se supone que me avisarán por burofax). Mi contrato es fijo de obra (llevo menos de tres años en la empresa), y la obra en la que estoy dada de alta se firmó el fin de obra en noviembre o así. A la hora de la liquidación ¿qué es lo que me corresponde exactamente (el 7%, 45 días, las vacaciones no disfrutadas... O algo más)?

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Es diferente el despido a la finalización del contrato, como tu hijo aun no ha cumplido 9 meses la empresa tendría muy difícil el poder despedirte, pero si podría finalizar el contrato.
No entiendo bien lo que dices, indicas que tienes un contrato por obra, si es así el contrato finalizará cuando termine la obra, ni antes ni después, si el contrato estuviera en fraude de ley tendrías derecho al contrato indefinido y no podrían finalizar el contrato salvo despidiéndote, y en este caso no podrían.
Al finalizar la relación laboral siempre tendrás derecho a finiquito: salario del último mes, más parte proporcional de pagas extraordinarias, más vacaciones devengadas y no disfrutadas. En un contrato por obra además tendrás derecho a una indemnización de 8 días por año, o superior si así lo indicara el convenio. Y si se tratara de despido la indemnización sería de 45 días por año.
Trabajo en una constructora, y cada vez que nos mandan a una obra, nos dan de alta en dicha obra; en el caso actual, antes de dar a luz, estaba dada de alta en una obra, pero durante la baja por maternidad, la obra se acabó (y se firmó la recepción y el fin de obra), y de hecho, la Propiedad ha echado al equipo de obra del inmueble. Ni a mi ni a mis compañeros nos han dado de alta en ninguna nueva obra o centro de trabajo, así que no sé si esto supone el derecho a indefinido o no, o hay algún plazo para ese cambio antes de tener ese derecho.
Espero haberte aclarado la situación. Como ves, es importante para saber si es despido o término de contrato.
Muchas gracias otra vez
En princio los contratos por obra serían correctos, salvo que durante este último contrato hubieras realizado funciones diferentes a la obra para la que fuiste contratad@, en este caso el contrato estaría en fraude de ley y tendrías derecho al contrato indefinido.
Buenas otra vez! Siento ser tan pesada, pero imagino que me comprenderás.
Durante un mes o así estuve realizando trabajos también para otra obra (pedir presupuestos, seguimmiento de la obra, albaranes...). Esto, incurriría en fraude, ¿cómo tú dices? Valdrían los e-¿mails refiriéndose a esa obra para demostrarlo?
Gracias de nuevo
Esto implicaría fraude en el contrato, por lo tanto contrato indefinido y al estar en periodo de lactancia no podrían despedirte.
El procedimiento sería recabar el mayor número de pruebas, cuantas más mejor, y en caso de despido reclamar judicialmente.
Muchísimas gracias por todo. Por lo menos ya sé cómo actuar. Gracias por tu prontitud de respuesta y disposición. Te pondré en mis favoritos para futuras dudas.
Mil gracias otra vez. Y que te vaya muy bien.

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