Centro de trabajo y obras donde acudir según mi contrato. Indemnizaciones, finiquitos y liquidación

Con este titulo parece que la pregunta sea para otra categoría pero no. A ver, yo estoy contratada para una obra concreta según aparece en mi contrato. Pero realizo labores para otra obra más, por lo que entiendo que estoy en fraude de ley, ¿no?
Este trabajo me interesa y no quiero estropear nada, además creo que me beneficia el hacerme la tonta y que cuando lleguen al punto de la finalización reclamar mis 45 días y no los 8 que seguramente me ofrecerán.
Entonces las preguntas son las siguientes, que datos puedo ir yo recopilando para que cuando la obra se acabe pueda probar que esto está sucediendo así.
Otra cosa, cuando la obra acabe, en 2010, un mes antes me han de comunicar que mi contrato se acaba, ¿no? Llevo desde abril de 2008.
La empresa, me tendría que reubicar, pero debido a su labor es imposible que me ubiquen en esta zona, donde yo vivo. Si deciden mandarme a otro sitio de España, me tendrían que pagar alquiler, desplazamientos...¿? Si me niego a desplazarme, puesto que implica a mi hija y marido. Pierdo Indemnización, que pasa en este caso.

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Estás en fraude. Y eres lo suficientemente lista para haberte dado cuenta de que eso es mejor que un contrato indefinido. Lee el contrato sobre temporales en fraude de mi web.
Medios de prueba los que quieras. Si se trata de demostrar que has trabajado en otra obra lo mejor son pruebas documentales (fotos, facturas, órdenes, papeles relacionados con la otra obra donde esté tu nombre) o testigos. Si hay cualquier otra causa de fraude es la empresa la que tiene la carga de la prueba.
El previos de fin de obra es de 15 días, pero sólo si el contrato es de más de un año, lo cual es tu caso.
La empresa optará por readmitirte (en exactamente el mismo puesto como indefinida) o indemnizarte, pero en ambos casos tendrán que pagarte los salarios de tramitación. Si te readmiten tienen que hacerlo en las oficinas que tengan en tu ciudad. Si no pueden porque allí ya no hay obra tendrían que trasladarte, pero ante ese traslado tendrías derecho a rescindir tu contrato cobrando una indemnización de 20 días por año, aparte de los salarios de tramitación. Y tendrías derecho a paro.
Pero entonces si me trasladan a Madrid por ejemplo y de lunes a viernes tengo que estar allí con el correspondiente alquiler más los viajes a mi casa que son más de 400 km, ¿todo eso me lo tengo que pagar yo? Por que entonces es una putada, y bajaría la indemnización de 45 a 20 días.
Siendo que te contrataron para trrabajar en tu ciudad, podrías demandarles para que te pagaran el importe de la dieta diaria completa que diga tu convenio, aparte de los gastos de kilometraje que diga también en tu convenio. Pero esto sería otra demanda diferente.
Teniendo en cuenta que llevas muy poco tiempo, el importe de la indemnización es lo de menos. Lo gordo son los salarios de tramitación, porque además cotizan a la SS.
Pues muchas gracias, por cierto he visto varias veces tu web y me ayudó mucho para pedir la reducción de jornada de mi marido, eso sí mandó a la inspección en diciembre y aún no le han contestado, aunque esto te lo pondré en orta consulta. Muchas gracias de verdad

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