Baja por maternidad
Estimado experto. Mi duda se relaciona con la prestación por maternidad. Le expongo el caso. Mi cnvenio dice que hasta el 5º día de baja por enfermedad no empiezas a percibir el 100% concretamente dice "Artículo 39.-Incapacidad transitoria.-En caso de Incapacidad Transitoria, derivada tanto de accidente como de enfermedad común, la empresa complementará la prestación de la Seguridad Social hasta alcanzar el 100% del salario real desde el quinto día de la correspondiente baja y hasta un máximo de 12 meses(BOP Jaén Núm. 208 / 8 de Septiembre de 2008".
Si el mes anterior a la baja por maternidad he tenido alguna baja por enfermedad, la prestación de las 16 semanas se verá reducida ¿no es así?
¿Es igual si la baja me la dan por riesgo de embarazo?
Espero su respuesta. Un saludo
Si el mes anterior a la baja por maternidad he tenido alguna baja por enfermedad, la prestación de las 16 semanas se verá reducida ¿no es así?
¿Es igual si la baja me la dan por riesgo de embarazo?
Espero su respuesta. Un saludo
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