¿Estos despidos, son improcedentes?

Quiero saber si el periodo de prueba de este caso, se ajustan a las reglas fijada en el estatuto de los trabajadores, y quiero saber si los despidos de estas personas ¿son procedente o inpresedente?, ¿Por qué?
1 la empresa xxx desdicada al trasporte de pasajerospor carretera y ubicada en la ciudad de barcelona, a adoptadao en los últimos 6 meses cietras decisiones ralativas a la continuidada en la prestaciones de servicios de algunos trabajadores, sobre cuya adecuación de derechos se pide opinión.
1 el señor Jose Calvo empezó a presentar sus servicios a la empres el 10-8-04 en virtud de un contrato celebrado al amparo de real decreto 2.720/1998 de 18 de diciempbre de 11 días de duración, por acumulacionde tareas, caregoria conductor, y cuyo objetivo ara realizar un viaje por zuisa, astuiras y pamplona. El 28-01-05 el sr.Calvo es nuevamente contartado con categotia de conductor en la misma empresa, y al amparao del mismo decreto, también con categoría conductor con la duración de 8 días para realizar viajes por territorio naciona.
Finalmente el 23-4-05 las partes celebran un contrato añl am`paro del mismo Real Decreto, con una duracuion de 6 meses y categoría de conductor, pactando un periodo de prueba de un mes, . El día 18-05-05 la empresa comunica por escrito al trabajador, que ese mismo día, al finalizar la jornada dejaría de prestar servicios a la empresa por no haber superado el periodo de pubrueba.
2.. La señora Viginia Camps, licenciada en derechos, inicio su prestación al servicio de la mesionada empresa, le día 1-4-05, con la categotia de jefe de personal, y salario 1.190,50. El día 1-5-05 suscrivio con la empresa un contrato de trabajo por tiempo indefinido, pactándose un periondo de prueba de tres meses,
El día 10 -07-05 la señora Camps recibió una carta de la empresa comunicándole su decisión de prescindir de sus serviciona paratir del día 15-7-05, alegando con escusa no haber superado el periodo de prueba.
Bueno agradezco que me ayuden a resolver estos casos, desde ya gracias

1 Respuesta

Respuesta
1
El periodo de prueba debe estipular en el propio contrato de trabajo, o en convenio, y o en su defecto en el estatuto de los trabajadores.
A partir de ahí, si se ajusta es legal, y sino a demandar por improcedente

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas