15 días de preaviso

Buenos días, quería hacer una consulta, tengo un contrato de Obra o Servicio Determinado, Modelo 401 a tiempo completo. Comenzó el día 06-10-2008 y la finalización era el día 05-04-2009, a fecha de hoy (29-10-08), se le comunica al trabajador que el día 31 de este mes dejará de prestar sus servicios en la empresa, ¿Hay qué avisarle con 15 días antes? , si es así, ¿Tendríamos qué pagarle los 15 días de preaviso?.
Muchas gracias
Respuesta
1
Al ser un contrato temporal de menos de un año de duración no hay que dar preaviso de baja, ni el trabajador ni la empresa. Por tanto sólo le tenéis que pagar los 8 días por año.
Pero si el contrato está en fraude de ley, por ejemplo porque no exista esa supuesta obra o servicio especial (fuera de la actividad normal de la empresa), o bien si existe pero proseguirá después del fin del contrato, en estos casos de fraude finalizar el contrato es un despido improcedente y la indemnización es de 45 días por año, como si hubiera sido indefinido. Si el trabajador se informa (en cualquier sindicato o en miles de foros como este) os demandará y ganará.
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