Autónomo

Hola, me han ofrecido un trabajo como comercial autónomo y tengo una duda. Ya sé que los autónomos no tienen derecho a paro, pero si en un futuro dejo la actividad como autónomo, ¿puedo cobrar el paro que tengo acumulado de trabajos anteriores en los que estaba contratado por cuenta ajena?. ¿O tendría que volver a trabajar para cotizar por cuenta ajena?.
Muchas gracias y un saludo.

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El paro cotizado hasta ahora sólo te lo guardarán 6 años y para cobrarlo tendrás que volver a trabajar como empleado por cuenta ajena al menos 3 meses.
También tienes la posibilidad de cotizar al desempleo como autónomo, aunque eso es pagar por adelantado lo que vas a cobrar luego.
Otra posibilidad es que realmente el trabajo que vas a hacer no es como autónomo, sino que es como empleado por cuenta ajena ya que vas a trabajar a las órdenes de la empresa, con el horario que te digan, con su material... Serías el famoso "falso autónomo". En ese caso, cuando te canses puedes demandar a la empresa y si demuestras tu condición de empleado (demostrando los horarios, etc.) tendrán que devolverte tus cuotas, pagarte el despido en su caso, y pagar tus cotizaciones a la SS, en cuyo caso tendrías derecho al paro si hubieras sido despedido.
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Lo del falso autónomo no sería lo del autónomo dependiente de la empresa que ha sacado ahora el estatuto del autónomo, ¿o es otra cosa?.
Muchas gracias por la explicación anterior, eres muy claro .
Un saludo
Es otra cosa. Consiste en que tu relación real ha sido relación laboral, a las órdenes de tu empresa. Autónomo dependiente exige primero ser autónomo real, y luego puede que seas dependiente de una empresa o no.
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