Dudas sobre finiquito e indemnización.

Hoy martes me han despedido, que no hace falta que vaya mañana. ¿El motivo?, cambios en la empresa y que no hay trabajo para mi, en la carta de despido han escrito "disminución continuada y voluntaria en el rendimiento normal de su trabajo", me han explicado que algo tenían que poner..
Tenia contrato fijo y lllevaba 4 años, 9 meses y 14 días.
Mis dudas son.
Me han dicho que no vaya mañana, con esto asumen que es improcedente supongo. ¿Al admitir improcedente no tienen que darme 15 días de aviso ni pagarlos verdad?.
En la indemnización me han sumado las doce últimas nóminas del año con los cheques comida correspondientes y las 3 pagas extras, y lo han divido entre 365 para saber sueldo diario. He leído que el sueldo diario se calcula en base al sueldo bruto de la última nómina cobrada más las pagas prorrateadas y en mi caso más los cheques comida. Como ellos me lo han calculado me sale más bajo. ¿Cuál es la forma correcta?.
El último mes estuve de baja laboral por accidente de trabajo, la ley dice que debo cobrar el 100% de mi sueldo. ¿Los cheques de comida también?. Yo entiendo que es parte de mi sueldo, ellos que es ayuda para comer cuando voy a trabajar. El despido ha sido al segundo día de darme el alta, no quiero pensar mal.
El finiquito sería los 23 días trabajados más las vacaciones que me quedan más lo que me corresponda de la paga de diciembre, tengo 3 pagas extras, acabo de cobrar la de septiembre.
Si tiene alguna duda sobre mi caso pregúnteme.

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Sobre el tema de los cheques comida habría que ver como están definidos por convenio y si cotizan o no o si cotizan en parte. Si son abonados por día laborable trabajado obviamente cuando has estado de baja se pierde el derecho a cobrarlos por la propia definición del convenio. Pero hay que estar a ver lo que dice el convenio.
Sobre el despido. La causa que te han dado deberán probarla y ya te aseguro que no es fácil probarla en un juicio. Aparte de probar esa bajada de rendimiento tienen que probar que ha sido voluntaria por tu parte lo cual ya es casi imposible. Ademas la carta de despido debe recoger que reconocen la improcedencia. No tiene mucho sentido reconocer la improcedencia y decir que el despido es por causa imputable al trabajador por esa supuesta bajada de rendimiento. Si pudieran probarla ya te digo yo que te despedirían disciplinariamente sin derecho a indemnización. Por lo tanto si no reconocen la improcedencia deberás impugnar el despido ante la autoridad laboral competente(juzgado de lo social). Tienes 20 días hábiles(no cuentan ni domingos ni festivos).
La indemnización se calcula a partir de la base reguladora de la nomina(no del bruto o neto), es decir de todos los conceptos salariales que cotizan. Este concepto tiene que venir en la nomina. En principio si los cheques comida no cotizan no había que incluirlos en la indemnización, por que se trata de un concepto compensatoria o suplido, pero esto yo no lo tengo tan claro. Dependerá de si cotizan o no o si cotizan en parte.
Para calcular la indemnización hay que coger la suma de total de todos los conceptos durante las ultimas 12 nominas incluidas pagas extras(base reguladora) y divirla entre 365 y te saldrá el salario día.
Las dietas o suplidos e incluso el plus transporte habría que descontarlo de el calculo de la indemnización pero como ya te he dicho habrá que esta a lo que diga el convenio.
En el finiquito deberá constar, por una parte los 23 días que dices que son los trabajados este mes hasta el día del despido, la parte proporcional de las pagas extras y la parte proporcional de las vacaciones generadas y no disfrutadas(los días que te quedan por disfrutar que por supuesto tendrá que cotizar por ellas).
Sobre el tema del preaviso si reconocen la improcedencia no están obligados a darlo.
Mi consejo es que busques ayuda profesional(sindicato, abogado laboralista o graduado social)para impugnar el despido con toda la documentación en la mano y que te ayude con el tema del calculo de la indemnización y todo lo demás.

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