En la nomina:auxiliar. En la tienda:yo sola!

Llevo trabajando ha más de un año en una tienda de muebles. Consta que soy "auxiliar de dependienta", mis jefa esta como gerente. Pero, siquiera viven en España. La tienda esta permanentemente atendida por mí. No hay más empleados.
Hago todo, desde la limpieza de la tienda, atención al cliente, vendas, libro de caja, etc... Etc...
No dispongo, ni nunca lo dispuse, desde que abrieron la tienda, de servicios, ni agua, ni calefacción, ni aire acondicionado. En invierno trabajo incluso a 0 grados(este invierno pasado) y en verano he tenido 36 grados a la sombra!(Dentro de la tienda lógicamente). A todo esto se suma el hecho de que la tienda tiene 125mts, SIN NINGÚN TIPO DE REJILLA DE VENTILACIÓN! Y que, entre la sequedad del aire y el olor a barniz, hay días que necesito salir fuera, respirar, para no marearme.
Cuando empecé a trabajar (contrato fijo desde el 1º día, tenía 45 años) me habían prometido 3% de comisiones sobre las vendas, a pagar al año! De eso hace 14 meses. Pedí mis vacaciones (20/08 al 03/09) todava no me han pagado las comisiones y encima me dicen que "por exceso de trabajo" no les da tiempo de atender todos los pedidos y tienen pensado en cerrar la tienda por no poder atender! (En 14 meses, si sumamos todas las HORAS que han estado en la tienda, no llegan a dos días!).
¿Pueden hacer eso? ¿Cerrar por incapacidade de fabricar todo lo que vendo?
¿Es legal que esté como auxiliar si en realidad soy yo la que abro y cierro la tienda todos los días y no hay más empleados que la jefa que siquiera vive en España?
Sé que hay cosas sobre la que pregunto que son obvias pero, es para darte una idea del "panorama" que tengo por delante!
Agradezco de antemano cualquier consejo que me des sobre como actuar para no perder mis derechos pero sobre todo, de que debo hacer para exigir que me paguem y inscriban en la categoría que me corresponde.

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En cuanto a las condiciones insalubres de la tienda, son motivo de denuncia ante Inspección de Trabajo. Con eso conseguirás que les multen y que les obliguen a hacer reformas. Hasta puede que no tengan licencia de apertura. Eso lo podrás denunciar en el Ayuntamiento.
En cuanto a las comisiones, sino las ordena tu convenio provincial de comercio, que no creo, y no puedes demostrar que te las prometieron entonces no podrás cobrarlas.
Por supuesto si cierran la tienda es despido improcedente y tendrán que pagarte la indemnización de 45 días por año, finiquito aparte.
En cuanto a las vacaciones, existe un procedimiento especial, gratuito y preferente, en los juzgados de lo social. Antes tienes que poner un acto de conciliación en el SIMA, al que no irán porque viven fuera. SI no van pasas a juicio y si a ese no van te darán las vacaciones que hayas pedido en la demanda.
En cuanto a tu categoría, por supuesto te corresponde la categoría del convenio de comercio que recoja todas las funciones que haces, que sin duda es muy superior a la de auxiliar. Es otra demanda, de reconocimiento de categoría, en la que como prueba les pides que aporten las altas y bajas de la empresa, en la que se demuestra que estás sola.
Por tanto, varias demandas. Es así, no hay otro camino. Es inútil que hables con la asesoría de la empresa.
Hola Jose!
Muchas gracias por tu ayuda. He visitado tu página web y enhorabuena! Muy buenos artículos! En especial lo que aclaras sobre el Finiquito.
Yá me han dado las vacaciones! Pero sin cobrar un duro de las comisiones...
Veremos que pasa cuando vuelva al trabajo. De hecho y, como prueba de que no hay más empleados en la tienda, al irme de vacaciones tuve que cerrar la tienda! Y así permanecerá hasta que yo vuelva día 03/09!
Te comento que, mi comunicación con la jefa, se hace vía messenger, a diario y... se "autogenera" un archivo con un historial de las conversaciones, que me podrá ser útil...
Ya te contaré...
Un saludo y, buen trabajo!
Con gratitud,
H.

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