Cuatrienios

Hola: pertenezco al convenio del metal de la provincia de Madrid y me gustaría que me explicarais todo sobre los cuatrienios (cómo se cobran, cuándo, qué cantidad, si un cuatrienio se suma al siguiente, etc.,, etc. Hasta agotar los 6 cuatrienios (¿24 años? En los que se está cobrando dicho plus) Me gustaría que la explicación viviera acompañada de algún texto legal donde se refleje dicha información para que no me ninguneen.

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Simplemente te coges el convenio del metal de Madrid y te lo lees. Allí estará todo. Yo no tengo todos los convenios de España, porque son miles. Si tienes alguna duda me la preguntas, pero con datos concretos del convenio.
Perdona si te he dado a entender que quería que me explicaras todo con pelos y señales. Reduciré la pregunta a ver si me puedo aclarar. He mirado mi convenio (y más de a vez) pero no explica que los pagos de los cuatrienios sean mensuales aunque entiendo que sí y que se van acumulando uno tras otro hasta llegar a un máximo de 6 que es lo que marca mi convenio. Esa es la aclaración que busco y, si pudiera ser, acompañada de algún texto legal donde venga reflejado (si es que lo hay, claro) Por oro lado, ¿me podrías decir que es un "acta de convenio" en cuanto a abono de complementos salarial? Porque varios compañeros del trabajo lo tienen en sus nóminas y otros no.
Espero haber sido concisa y no perturbarte mucho y, por supuesto, te agradezco por adelantado todas tus explicaciones. Muchas gracias
Pues si no me copias textualmente lo que dice tu convenio sobre los cuatrienios difícilmente te lo puedo explicar. Pero en general lo que no diga en un convenio simplemente no lo dice y no vas a encontrar ninguna ley sobre la antigüedad. ¿Qué no está claro lo que dice el convenio? Pues así hay miles.
En cuanto a "acta de convenio", si ese concepto de nómina no está especificado en el convenio entonces pregúntale al que hace las nóminas, porque eso no existe como tal. Yo nunca lo he oído. Pero sí que te digo que muchas veces los que hacen las nóminas, espcialmente en las asesorías, no tienen ni puta idea y se inventan cosas tan fácilmente como quitan otras. Lo único que se me ocurre es que haya habido una modificación del convenio posterior a su publicación. Esa modificación puede ser sobre cualquier cosa y a a lo mejor obliga a un pago de un nuevo complemento simplemente es la actualización anual de las tablas salariales. Al iluminao que hace las nóminas, como no tenía ni puta idea de cómo llamarle en su proramita de nóminas (si es que no las hace con el Word) no se la ha ocurrido nada mejor que "acta de convenio". ¿No está en un acta? Pues eso. Suerte que no le ha llamado "papel que me dio Pepi con mancha de bocata de choped".
Muchas gracias por tu aclaración respecto a mis dudas y no te quepa la menor "idem" que le preguntaré a quien hace las nóminas para que me explique qué significa lo del "acta de convenio" aunque también me temo (como tu bien dices) que debe ser un término inventado para aplicar algún complemento.

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