Base de cotización de desempleo en las etts

En la empresa donde trabajo me ha dado un ultimátum. El lunes 25 de febrero debo ir al paro o pasar a una empresa de trabajo temporal por un máximo de 6 meses. En la actualidad cobro aprox. 900 euros limpios y llevo cotizados más de 15 años; supongo que me correspondería un paro de año y medio por una cantidad proporcional a mi salario.
Si me acojo al contrato con la etts, ¿dónde cobraré a 7 euros la hora ( aprox. Al mes cantidad similar a la actual) cotizaré por medio de esta citada etts menos y a la hora de ir al paro será un bajón grande en mi asignación de paro mensual?. ¿Las etts cotizan cantidades similares en las mismas circunstancias o menos?

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Si tienes 15 años cotizados te correspondería un periodo de desempleo de dos años.
Si cambias a una ETT, se cotiza igual que en cualquier otra empresa, es decir, en función del salario que percibas, al menos debes percibir el salario de convenio para la categoría que desempeñas, si el salario bruto anual fuera igual al actual cotizarías por las mismas cantidades.
Respecto al ultimátum que te da la empresa actual no lo entiendo, no se que tipo de contrato tienes pero me da la impresión de que se está tratando de un despido o de un contrato en fraude de ley, y contra esto tienes unos derechos que en caso de ejercerlos podrías beneficiarte.
Te agradezco la aclaración a mi pregunta. Mi contrato es de obras y servicios y la razón que aduce la empresa para pasarnos a una ett es que está flojo el trabajo; eso puede implicar trabajar sólo cuando haya trabajo y cotizar por menos como bien indicas.
¿Qué margen de maniobra tengo ante esa decisión? Gracias
Para empezar, si tienes un contrato de obra este terminará cuando termine la obra ni antes ni después, si fuera antes podrías reclamar por despido y si fuera después el contrato pasa a ser indefinido.
No es lógico terminar el contrato y contratarte por una ETT para la misma función.
En este caso no cotizarías por menos en una ETT, cotizarías por lo misma base, aunque menos si trabajas menos días evidentemente. En los días que no trabajes podrías pedir el desempleo.
En función de este debes tomar la decisión que creas oportuna.
Agradezco enormemente la contestación a mis preguntas, me han sido de gran ayuda; por lo menos sé por donde debo encaminar mis pasos.
Valoro muy positivamente la claridad y concreción en la respuesta.
Le estoy muy agradecido.

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