Abandono del trabajo

Quisiera conocer mis derechos en caso de abandonar el trabajo. No se si se llama así cuando dejas el trabajo, bien porque no quieres trabajar más allí o porque encuentras otro mejor. ¿Tengo un contrato indefinido desde 11/2003. Mi salario "liquido a percibir" es de 854? Y mi grupo de cotización el 10(!). Sabríais si puedo cobrar paro, ¿sabiendo qué antes de estar contratada por la empresa estuve dada de alta por una ETT durante 15 meses a jornada completa con un salario de 600? Anteriormente también coticé a la SS en el régimen general durante 2 meses. ¿Tengo derecho a finiquito o algo si abandono el trabajo? Gracias. Uns aludo.

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Querido/a amigo/a:
Si abandonas libremente el trabajo, no tienes derecho a cobrar desempleo y ni derecho a indemnización por despido.
A lo que tendrías derecho es a la liquidación de partes proporcionales de pagas extras y las vacaciones no disfrutadas.
Y recuerda que puede que el convenio colectivo establezca la obligación de preavisar al empresario, por lo que deberás hacerlo, porque si no pueden descontarte de tu salario los días por lo que no has preavisado.

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