Herencia privativa o ganancial

Estamos casados en gananciales tenemos 3 hijos adultos, mi marido a heredado de sus padres un terreno en el que quiere hacer una casita, para lo cual utilizaría bienes gananciales, ¿cual seria mi situación respecto a ese bien seria solo privativo de mi marido o seria ganancial

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Estimada (xxxxxx):
En principio lo construido sobre terreno ganancial tendría carácter ganancial, sin perjuicio de que se deba a la sociedad de gananciales lo invertido en esta construcción. Así resulta del artículo 1359 del Código civil: "Las edificaciones, plantaciones y cualesquiera otras mejoras que se realicen en los bienes gananciales y en los privativos tendrán el carácter correspondiente a los bienes a que afecten, sin perjuicio del reembolso del valor satisfecho."
En estos casos lo lógico, si se va a construir con dinero ganancial, es que se aporte el terreno a la sociedad de gananciales. Esta aportación no paga impuestos de transmisiones patrimonioales, pues está exenta de pago.
En fin.

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