No sé si soy heredera

Hace poco falleció un gran amigo que hace unos 5 años me dijo que había hecho testamento y me había dejado algo. No volvimos a hablar de esto nunca porque a mi no me gustaba pensar en que algún día él no estaría. Mi duda es que, al no conocer su familia (mujer e hijos) mi existencia, ¿cómo puedo saber si finalmente lo hizo y quiso dejarme un recuerdo? ¿Alguien me va a avisar cuando abran el testamento si hay algo para mi?
Estoy segura de que hizo testamento porque era una persona muy seria pero no estoy segura de si realmente me dejo algo o luego lo cambió porque, como le digo, no volvimos a hablar de este tema pero, si hay algo para mi, aunque sea un carta o un recuerdo, me gustaría tenerlo porque ha sido una persona muy especial en mi vida.
No sé si esto es importante, pero vivimos en comunidades autónomas diferentes, él en Andalucía y yo en Cataluña.

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Pues es bastante sencillo.
Primero ha de conseguir certificado original de defunción.
Puede pedirlo en el registro civil.
Con ese certificado va a la secretaría del Ministerio de justicia de su ciudad y pide el "CERTIFICADO DE ÚLTIMAS VOLUNTADES".
En este certificado dice si hizo testamento, ante qué notario y en qué fecha.
Ya solo hay que ir al notario y pedirle copia del testamento.
Los notarios son muy reservados. Muy cuidadosos y prudentes a la hora de dar información.
Si usted está nombrada en el testamento le dará una copia del mismo.
Si no se la da, será porque no se la nombra.
No hace falta que espere a que la familia le avise, (que puede no hacerlo), Usted misma puede pedir el testamento y que le den copia.
Pues nada, siento el fallecimiento de su amigo y le deseo mucha suerte.
Si el testamento está en manos de un notario, ¿éste no se pone en contacto "o busca" a las personas incluidas en el testamento?. Yo no sé nada de estas cuestiones pero, por lógica, pensaba que si una persona deja por escrito sus voluntades, alguien debería tratar de que se cumplieran.
Muchas gracias de nuevo.
Depende de si quien hizo testamento dejó ese encargo, pero no es nada normal.
Lo que pasa es que estamos muy influenciados por las películas de Hollywood.
Eso de que el notario se preocupa de buscar a los herederos, los reúne y con gran pompa abre un sobre y lee el testamento ante los "deudos".
Aquí en España no es así.
Cualquiera que se considere heredero puede pedir el testamento de la forma que le he indicado.
Lo que pasa y supongo que es a lo que usted se refiere, es a la "ACDEPTACIÓN DE LA HERENCIA".
Si son varios herederos han de firmar el "cuaderno particional" ante notario que es la escritura de aceptación y reparto de herencia.
Lógicamente han de estar todos presentes y firmar todos.
Pero en la práctica las cosas se "difuminan".
Puede que la familia de ese amigo no quiera notificársela.
Claro que entonces jamás serán dueños de nada.
Las herencias son un derecho.
No son una obligación.
Y se pueden aceptar o rechazar.
Pero tanto una cosa como la otra ha de hacerse ante notario.
Comprenderá pues, que mientras no se acepte ante notario no se es dueño de nada.
Pongamos que esa persona tiene un piso.
La familia sigue viviendo en él, y dejan la aceptación de la herencia para cuando se les antoje.
No hay firma del cuaderno particional, y nadie hereda nada.
Pero los años pasan y ellos siguen disfrutando del piso.
No es suyo, pero lo disfrutan.
Por eso, ha de conseguir el testamento, y luego, si es nombrada y heredera, ya puede ponerse en contacto con ellos y "forzarles" a la firma del cuaderno particional y repartir la herencia.
También puede haber dinero en cuentas bancarias.
Si los bancos se enteran del fallecimiento, están obligados por Ley a bloquear las cuentas hasta que los herederos presenten el cuaderno particional.
Esto es fácil en un pueblo en el que todo se sabe y hasta el director va al entierro.
Pero en una ciudad grande puede que el banco no se entere, no bloquee las cuentas y si están a nombre de varios titulares, pueden los otros sacar todo el dinero y dejar las cuentas "limpias".
Lógicamente, aunque hayan hecho eso usted podrá reclamar lo que le corresponda.
Si se niegan, puede demandarlos por apropiación indebida y tienen perdido el juicio.
Pero en resumidas cuentas, es usted quien tiene que "moverse".
No espera a que le notifiquen nada, pues podrían no hacerlo y dejar pasar los años y luego, todo se complica, a veces muchísimo.

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