Herencia y testamento

Mi padre falleció hace un mes y medio, sin haber hecho testamento. Mi madre ha quedado viuda y con tres hijos, su patrimonio es una casa( en la cual vive mi madre y una hija) y lo del banco. Mi pregunta y la de toda la familia es ¿qué toca a cada uno? ; Si tiene que hacer testamento mi madre y porque debe de avisarse al notario del fallecimiento de mi padre. Otra cosa, y es que mi madre quiere dejar o se lo piensa una parte más favorecida a la hija que vive con ella por el cuidado que dio a mi padre por su larga enfermedad y por el día que necesite cuidados ella (mi madre), gracias.
Podría darme algunas opciones de como puede beneficiarse del testamento la hija que vive con ella.

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Primeramente lamentar su pérdida.
Al notario no tienen que avisarle de nada.
Respecto a que su madre deba hacer testamento... Pues es algo que todos debemos hacer.
Yo ya he hecho 5 y estoy preparando el sexto. Ahorra gastos para los herederos, repartes tu herencia como quieres y les evitas gestiones y se gana en rapidez a la hora de resolver la aceptación de herencia.
Si su padre hubiera dejado testamento se ahorrarían la declaración de herederos y sus gastos.
Pero, no hay que precipitarse.
Usted dice que ha fallecido sin dejar testamento, pero eso no se sabe hasta que no se ve el certificado de últimas voluntades.
Y como de todas formas han de aceptar su herencia, les indico los pasos a seguir, que son totalmente necesarios.
1º- conseguir certificado original de defunción.
2º- con ese certificado van a la secretaría del ministerio de Justicia de su ciudad y piden un "certificado de últimas voluntades", y de paso un certificado de "seguros de vida".
3º- En el de últimas voluntades, les dirá si dejó o no testamento.
Si dejó testamento, van al notario que ponga y le piden copia.
Si no dejó testamento, van a un notario y hacen la declaración de herederos.
Ya con esa declaración o con el testamento, más los dos certificados, pueden ir a los bancos y están obligados a darles información. Y si no saben en qué bancos tenia cuentas, pues van a todos. Uno por uno y preguntan.
Un latazo, pero si no saben los bancos, hay que verlos todos.
Primero, piden certificados de saldos al día del fallecimiento. Y de paso piden extracto de las cuentas de al menos un año antes.
Este extracto, les dará mucha información: Si recibía intereses por tener una cuenta a plazo, si recibía dividendos por tener acciones, si pagaba un seguro de vida, si aportaba para un plan de pensiones, los recibos que pagaba de IBIs, o de luz... Agua... En fin, mucha información.
Y ya cuando tengan todo, podrán ir de nuevo al notario a firmar el cuaderno particional, que es la escritura de aceptación y reparto de herencia.
Por cierto que hacienda da solo seis meses para el pago de los impuestos de sucesiones.
Pasado el plazo ponen un recargo y comienzan a correr los intereses de demora, y cada día que pasa se debe un poquito más.
¿Qué les toca a cada uno?
Pues la Ley dice que si ha fallecido sin dejar testamento, los herederos de todos sus bienes y derechos son los hijos a partes iguales.
A la viuda, (artículo 834 del C.C.) le corresponde el usufructo de un tercio de la herencia.
Si dejó testamento, habrá que ver el reparto que hace.
Ahora lo del testamento de su madre:
Le voy a explicar cómo va el reparto legal:
Las herencias son como una tarta.
Imagine que la parte usted en tres partes iguales.
Dos de esas partes son la legítima, que por Ley ya está adjudicada a los llamados "herederos forzosos". (Artículo 806 del C.Civil).
En este caso, los herederos forzosos son los hijos.
Pero esas dos partes son diferentes entre si.
Un tercio de la tarta, se llama "de legítima estricta". Y es a dividir a partes iguales entre los hijos.
El segundo trozo de la tarta (también de legítima, o sea, que también para los hijos), se llama "tercio de mejora" y la Ley autoriza al testador que reparta este trozo como guste pero solo entre los hijos, claro. O sea, que incluso puede dejárselo entero a uno solo y nada a los demás, o dárselo a dos, y los otros nada... Puede repartirlo"mejorando", pero entre los hijos y a su gusto.
El último trozo de la tarta se llama "tercio de libre disposición" y como su nombre indica, puede disponer de él a su antojo.
Puede dejárselo a un amigo, a un vecino, al del bar de la esquina, al vendedor de la ONCE, a una ONG... A un hijo... A dos.. a todos.. a un nieto.. un sobrino.. a quien quiera. Es de libre disposición.
Bueno, yo creo que he contestado a todo, pero si le queda alguna duda respecto a algo en concreto me lo indica ¿vale?.
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Yo quiero saber si existe una erensia que me dejo mi papa antes que el muriera me dijo que me dejaba yo estaba pekeno cuando me lo dijo hoy ya cresi y la reclamo y mi semana dise le no existe me puede ayudar que tengo que hacer

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