¿Qué papeles necesito?

Mi preguntas es que tipo de papeles necesito para poder sacar el dinero del banco de mi abuela y ponerla casa a nombre mio y de mis dos hermanos que somos los herederos mi abuela vivía en andalucia y la casa esta en córdoba.

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Para cualquier cosa, necesitan lo siguiente:
1- Certificado de defunción original.
2- Con él, van a la secretaría del ministerio de Justicia de su ciudad y piden el certificado de últimas voluntades.
En este certificado les dirá si hizo o no testamento y ante qué notario.
Si hizo testamento, van a ese notario y le piden copia.
Los herederos y el reparto, estará en ese testamento. Y con él van al un notario y firman el cuaderno particional, en el que aceptan la herencia y ya son dueños y pueden poner el piso a su nombre y sacar el dinero del banco.
Si no hay testamento, los herederos son los hijos a partes iguales, y si alguno ha fallecido, su parte pasa a sus respectivos hijos. (Los nietos).
Hacienda da seis meses de plazo tras el fallecimiento para el pago de los impuestos de sucesiones. Pasado el plazo, les ponen recargo, y comienzan a correr los intereses de demora, así que no se duerman.
Hola otra vez
Quería que por favor me aclarara si puedo pagar el impoesto de sucesiones desde madrid a córdoba ya que yo resido en madrid, ¿qué es el cuaderno particional? ¿Tiene algún coste?
             Saludos.
El cuaderno particional, es una escritura notarial que se hace cuando hay más de un heredero.
Como su nombre indica (particional) es porque se pueden hacer "partes", con la herencia y que cada heredero se adjudique lo que más le interese.
Es la escritura notarial en la que se reparten y aceptan la herencia.
Porque las herencias también se pueden rechazar. Por tanto hay que ir al notario a decir que si que la aceptas.
En ese cuaderno, como habrás imaginado, se hacen las partes de todo, por lo que hay que reflejar todo lo que entra en herencia. Saldos en bancos y propiedades y derechos. Si algo queda fuera y no se incluye, solo son problemas y originaría un nuevo cuaderno.
Con ese cuaderno, ya se puede ir a pagar los impuestos y una vez pagados, a los bancos a sacar el dinero y al registro de la propiedad a inscribir las posibles fincas a nombre de los nuevos propiedatios.
Ese cuaderno es una escritura notarial y por supuesto que los notarios cobran por las escrituras. Pero el importe depende de sus aranceles y del montante de la herencia, una vez valorado todo.
Los impuestos los tiene delegados hacienda en las comunidades atónomas, por lo que
habrán de ir con el cuaderno a la oficina liquidadora de la Junta de Andalucía de donde les plazca, para que les saquen los impuestos a pagar, y ya les dirán la cuenta y banco a donde tienen que hacer la transferencia.
Pues nada, le deseo suerte.

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