Reparto de bienes

Tras fallecer mis padres los hermanos heredamos su vivienda a partes iguales y acordamos que el soltero que vivía con ellos siguiera residiendo en la vivienda, sin que pagara nada por ello.
Tiempo después falleció una de las hermanas casada y sin hijos
el soltero residió allí durante 12 años y ha fallecido recientemente, y ahora el viudo al ir a repartir los bienes del fallecido; su ropa, dinero, cosas de la vivienda, enseres ( no los muebles como tal a pesar de que no son los que dejaron mis padres al morir, que fueron comprados con el paso del tiempo por el soltero) exige una parte, es por ello que quisiera saber que le corresponde, y si tiene derecho a algo ( que no sea su parte de la vivienda por su mujer).

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Al viudo le corresponde solo el usufructo, no la propiedad. Pero también dependerá de lo que haya establecido en el testamento.
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Pues pocas cosas especifica. Vamos a imaginar:
Si ese hermano ha fallecido dejando testamento, pues habrá que atenerse a su contenido. Porque al no tener "herederos forzosos", puede dejar su herencia a quien quiera.
Si no ha dejado testamento, le heredan los hermanos a partes iguales.
Ahora verá los problemas por no gastarse 40 euros que cuesta un testamento ante notario. Yo le aconsejo a todo el mundo que los haga.
También dice que cuando fallecieron sus padres, "los hermanos heredamos". Imagino que si heredaron, quiere decir, que fueron al notario, firmaron escritura pública de cuaderno particional, y pagaron los impuestos e inscribieron la escritura en el registro de la propiedad y ahora son dueños. ¿No?
¿Y esa hermana fallecida? ¿Dejó testamento,? O de todas formas, ¿su marido aceptó su herencia ante notario? Es decir... ¿es su heredero?. Porque si no aceptó su herencia, no tiene derecho a heredar.
Osea, que en principio, le corresponde la parte que le correspondería a su mujer, de todo. Piso, cuadros, pantalones, cubiertos, etc. Hay que valorar y se puede compensar económicamente unos a otros. Cosa muy complicada.
Así que como el cuñado parece que está en plan reclamador... les aconsejo que lleguen a un acuerdo con él y que en la aceptación de herencia acepte dinero y no "coja" tanto por ciento del piso. Seguro que lo encontrará ideal, y se quitan ustedes un problemón de en medio. Negocien con mente "abierta" y aunque crean que se aprovecha un poco... déjenlo. Pero consigan que no sea dueño de una parte del piso.
Inténtenlo. Se evitarán muchos problemas y unos milloncitos de gastos.
Bueno, pues poco más le puedo decir.
Hola igual no me he explicado bien;
Después de morir la mujer del viudo, que le correspondería por herencia lo mismo que tenia derecho su mujer, fallece el soltero, y lo que él quiere es parte de los bienes que había comprado el soltero, vamos de sus cosas, (dinero de las cartillas, objetos de la casa, así como enseres comprados exclusivamente por el soltero y se puede demostrar que los muebles y objetos eran de su propiedad o comprados por el soltero que vivió con consentimiento del resto de los hermanos de forma gratuita en la vivienda de forma gratuita y actúo con la misma como si fuera su propietario, costeando todos los gastos y obras que realizo, no existiendo al día de hoy ningún objeto ni muebles que existían cuando vivían los padres). Y es sobre dichos bienes es sobre los que quiere parte y quiero saber que derechos tiene. Gracias
Pues no me ha contestado a mi anterior pregunta y es importante.
Vamos a ver: Al morir los padres, ¿aceptaron la herencia?
Porque de los padres, a la hermana si que le corresponde herencia.
Por eso, esa herencia que a la hermana corresponde puede pasar a su viudo.
Pero las herencias van por consanguinidad.
Al morir el hermano, si no hay hijos ni padres o ascendientes, heredan sus hermanos. Su hermana fallecida no puede heredar ya .
Los bienes del hermano fallecido, si no hay testamento van para sus hermanos. El yerno no tiene relación de consanguinidad. Ni es heredero forzoso.
Por tanto, no tiene derecho a las propiedades de su hermano.
Perdón, te aclaro cuando heredaron de los padres si aceptaron la herencia y repartieron la vivienda a partes iguales entre los hermanos. Después paso el resto de hechos, el yerno entiendo que tiene derecho a esa parte de bien inmueble, de ello no hay duda la duda es sobre el resto de bienes que son personales del ultimo fallecido así como de los muebles que compro y que están en la vivienda, perdona y gracias por tu paciencia y respuestas.
Pues solo puedo repetir lo dicho.
Los bienes privativos (máxime si como dices tenéis facturas) del hermano fallecido, son de ese hermano.
Las herencias son por consanguinidad. Ese cuñado no tiene vínculos sanguíneos.
Ese cuñado tampoco es legalmente heredero forzoso.
Las herencias van a los hermanos del fallecido.
La Ley lo que marca es que las herencias son personales. No entran en gananciales. Por tanto otra más para que el cuñado no tenga ningún derecho.
Si la hermana fallecida hubiera tenido hijos, serian ellos los que podrían optar a una parte. Como no tiene hijos, pues no puede heredar y menos fallecida.
Por tanto el cuñado, derecho... ninguno.
Bueno, todo esto ya lo he dicho. No es más que repetir, una y otra vez lo mismo.
En fin, como verá no hay un solo resquicio legal para que se "cuele" el cuñado. Al contrario, todo son barreras.
Es que no hay más que lo dicho en esta y en mis anteriores contestaciones.
Gracias por su respuesta, la entiendo correcta, no por que beneficia la que pregunta, sino por que estoy de acuerdo en que de alguna manera el responsalbe de las discusiones por las cosas, es el finado, que no se gasto el dinero en un buen testamento, dejando el problema a demasiadas cabezas pensantes, muchas gracias

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