¿Esperar para cobrar?

Mi abuela hizo el testamento ( 2 viviendas)en vida 50% para un hijo (mi padre) y el otro para su nieto de 11 años usufructo su padre (mi tío). Ahora mi abuela ha muerto y quiero saber si hay alguna manera para no tener que esperar a que el menor(11 años) cumpla 18 para que mi padre pueda cobrar su 50%.
Problemas añadidos mi tío no puede tener nada a su nombre por moroso. Por eso se puso a su hijo como heredero.
Respuesta
1
En principio no habría ningún problema para que tu cobrases la herencia, aunque tu primo sea menor. Sus padres o tutores podrán aceptarla por él. El problema es que teniendo deudas el tío, si pone el usufructo a su nombre, los acreedores le embargarán dicho usufructo, el derecho al uso, con lo que podrían arrendarlo e irse cobrando las deudas con esas rentas.
Primero gracias, ¿segundo siendo el menor se pueden vender las propiedades?
El menor no puede vender, pero sus tutores sí, aunque puede que se exija un defensor judicial o el informe del fiscal, ya que tiene intereses contrapuestos con su padre, que es usufructuario. Pregunta al Registrador que vaya a inscribir la venta, si se hace, el que corresponde a la finca.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas