Cambio de domicilio con custodia de menor

Tengo un niño de 9 años. Mi expareja y yo estamos a 900 km de nuestro lugar natal por motivos laborales. En estos momentos él apenas trabaja durante el año y yo trabajo más o menos unos 8 meses. Ya que yo tengo que hacerme cargo de todos los gastos y cada vez se me dificulta todo más, estoy empezando a buscar trabajo por toda España, incluida mi provincia natal.

Mi consulta es... ¿hasta dónde puedo tener problemas con el padre del niño? Sé que no me lo va a permitir y hará lo que pueda pero, también es cierto que mi única intención es mejorar la calidad de vida del niño, trabajando los 12 meses del año.

Las circunstancias del padre del niño son bastante difíciles (mi situación es complicada económicamente hablando, pero la suya es mucho peor)

Si es por mejora de empleo, ¿tendría problemas al cambiar de residencia? Habría menos dificultades "legales" si el cambio se produce a nuestra tierra natal, ¿ya qué toda la familia paterna y materna del niño se encuentra allí? O en caso de cambio y que me ponga problemas, ¿daría igual que fuera a la ciudad natal que a cualquier sitio del país?

Tenemos un régimen de visitas (las visitas se cumplen pero la manutención no, nunca me pasó nada). No existe divorcio ya que nunca estuvimos casados.

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Esimada consultante,

Para este tipo de casos, lo primero y fundamental es regularizar la situación. La situación se regulariza aprobando judicialmente un convenio regulador donde se detalle lo relativo a visitas, alimentos, custodia, etc. Con eso aprobado judicialmente, ya no hay nada que temer, ni siquiera en cuanto a denuncias de uno contra otro siempre que se cumpla lo establecido. Si se hace así, se deberá fijar una cantidad de manutención obligatoriamente (aunque luego ustedes pueden cumplirlo o no, y exigir su cumplimiento o no. Ahí no va a entrar el Juzgado). Con esto no sólo consiguen regularizar su situación, sino que además se puede regularizar el caso que nos plantea. De dicho modo, se podría fijar una custodia de modo que usted tenga al menor 8 meses y el padre 4, o algo similar, de forma que ambas partes ganen. Pero para poder llevarse a su hijo a 900 km sin miedo a denuncias, se debe solicitar, por medio de abogado y procurador, una aprobación judicial de un convenio regulador que permita, legítimamente y sin miedo, llevarse a su hijo a 900 km.

Quedamos a su entera disposición para que, sin compromiso, nos contacte en nuestra web www.lariosabogados.es

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