Cambio de custodia de menores

Soy madre de dos niñas de 3 y 6 años, desde el divorcio hace un año tengo la custodia de ambas, por razones laborales quiero pedirle a su padre la compartida. Mis dudas son las siguientes: ¿Se puede negar el padre a asumir la custodia compartida? , si es así ¿Se puede emprender alguna acción legal para obligarle?.

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La custodia compartida ha de ser solicitada por ambos progenitores o, en el supuesto, que el juez, tras los portunos informes psicosociales que pueda pedir, considera que este tipo de custodia es la más conveniente para los hijos.
Al respecto, existe jurisprudencia que define la custodia compartida como aquella modalidad del ejercicio de la responsabilidad parental, tras la crisis de la relación de la pareja, en la que tanto el padre como la madre están capacitados para establecer una relación vialbe entre ellos, basada en el respecto y en la colaboración, con el sujeto de facilitar a los hijos c omunes la más frecuente y equitativa comunicación con ambos progenitores, y de destribuir de forma justa y proporcional la atención de las necesidades materiales de los hijos, con la previsión de un sistema ágil para la resolución de los desacuerdos que puedan surgir en el futuro.
Como puede ver, este tipo de custodia busca satisfacer en exlusiva el interés de los hijos. Entiendo que, en ningún caso, se podrá obligar a un progenitor a asumir esta custodia si con ello no se favorece en nada la situación actual de los hijos. Comprenda que sólo hace un año que le fue atribuida su custodia, por lo que, en mi opinión, el hecho de que usted no pueda dedicarles el tiempo necesario para su cuidado y educación deberá constatarse si es un problema actual o ya existía cuando asumió dicha custodia. Es decir, dicho crudamente, los tribunales no atiende al interés (muy respetable, por cierto) laboral que se le presente a usted, sino únicamente al interés superior de los hijos, el cual en su día se consideró que fuera mediante la custodia monoparental suya.
En conclusión, el único medio para cambiar el sistema actual consistirá en instar una modificación de medidas, en el sentido de solicitar por ambos progenitores la custodia compartida de los hijos; o, que sea el padre que solicite para él la guarda y custodia de los niños, con el régimen de visitas a favor suyo (cosa, que evidentemente, llevará aparejada también el cambio del progenitor que deberá pagar la pensión por alimentos fijada para los hijos).

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