Juicio por impago de pensiones 2

Continuo con la anterior pregunta, aclarando y aportando más explicaciones.
Efectivamente, tal como me indica, estamos en un juicio de modificación de medidas en el que mi ex-marido dice estar en la ruina y no poder pagar pensiones. Además, se ha acumulado a otro en el cual se pedía la rebaja del precio de venta de la vivienda familiar.
Tuvo lugar el juicio, en el cual intentamos demostrar que dicha situación era ficticia, dado que mi ex marido es el administrador de su empresa, y está mostrando datos falsos para eludir su responsabilidad.
Por las pruebas aportadas, el juez solicitó nueva documentación, la cual nos ha sido entregada, abriéndose un plazo de 5 días de alegaciones. En base a ésta, hemos comprobado nuevos datos, antes desconocidos, que demuestran más claramente dicha situación. Sin embargo, nuestro abogado, el cual creo que no tiene experiencia en este tipo de procedimientos, nos dice que este plazo de alegaciones no es para alegar hechos en base a esos nuevos datos, o solicitar aclaraciones por los mismos. Dice que sólo podemos alegar cambios en los datos ya aportados en el juicio, y que los nnuevos hechos descubiertos sólo pueden ser incluidos en las conclusiones finales del procedimiento.
¿Es cierto lo que nos comenta?

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En primer lugar, no pueden acumularse dos juicios de objeto procesal totalmente diferente, uno referente al precio de la vivienda (no se como se puede pedir en juicio que se rebaje el precio de una vivienda, eso será la subasta o el mercado el que lo diga, pero un juez no puede decidir cual es el precio de una vivienda!), supongo que será otro juicio de modificación de medidas iniciado por su ex marido y como ambas partes hanpresentado una demanda de modificascion de medidas, es por lo que se han acumulado los dos procedimientos en uno sólo, porque en ambos se discute de temas relacionados.
Acalardo lo anterior, veamos, una vez obtenidas las nuevas pruebas documentales a iniciativa del Juzgado, efectivamente, el Juzgado da un plazo para alegaciones (o conclusiones, es lo mismo), se trata de que por su abogado, a la vista de los nuevos hechos o pruebas halladas, las valore e informe al Juez de como dichas pruebas refuerzan sus argumentos y como por ello debe sentenciar a su favor concediendo sus peticiones iniciales de la demanda presentada. Y lo que le habrá dicho su abogado, es que lo que no se puede cambiar a mitad de juicio es las peticiones realizadas en la demanda, es decir, no puede Vd. a raíz de las nuevas pruebas o hechos encontrados, cambiar el objeto del proceso, las peticiones. Si pedía una pensión de 1000, no puede ahora pedir 2000.
Si cree que con los nuevos hechos o pruebas de ellos encontrados, éstos servirían para fundamentar unas peticiones más favorables aún de lo que se ha pedido en la demanda actual, debería en dicho caso evaluar la posibilidad de desistir del presente proceso e iniciar uno nuevo con los nuevos hechos encontrados. Pero el desistimiento suele conllevar la condena en costas, así que debe valorarse con cuidado tal decisión.
Gracias por todo, esta todo aclarado, estando por lo que me dices nuestro abogado equivocado.
Es la otra parte la que intenta modificar las medidas, pagando la pensión mínima, alegando crisis económica. Tenemos un piso aun en común, que intenta comprar a muy bajo precio a nombre de otra persona, de ahí que solicite esas medidas. Ha abierto una empresa a nombre de su madre, y está desviando todos los gastos a la que está a su nombre, para evitar presentar beneficios, que es lo que intentamos demostrar. Y según los nuevos datos que nos han sido entregados, queda aun más demostrado, no entiendo por qué nuestro abogado insiste en no presentarlos. Hablaré con él.
De nuevo, gracias por todo.

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