¿Cómo acelerar una ejecución de medidas?

Estoy divorciada hace 4 años, tengo tres hijos menores y mi ex ha ido dejando de pagar la pensión, cada vez pasa menos o nada, además desde hace más de un año ha dejado de pagar la hipoteca de la casa que tenemos en común. Después de solicitar una ejecución de medidas, él ha solicitado una modificación de medidas para pagar menos de pensión. Yo estoy manteniendo a los tres niños y además mantengo la casa, de la cual el 50%es de él, como me es imposible ocuparme de todo, la casa en cualquier momento puede ser embargada por el banco, ya que no puedo pedir una ampliación de la hipoteca porque al estar a nombre de los dos él debería firmar y no quiere. He intentado embargarle los créditos de su sociedad ya que él es empresario y autónomo a la vez y su propia empresa le contrata, para que la sociedad pague la pensión antes que a él. Pero es casi imposible comprobar si la empresa le paga o no porque él es el administrador único. Por último mi abogado me ha aconsejado embargarle la mitad de la casa que tenemos en común, ir a subasta y yo pujar por ella. No tengo ni idea de que va una subasta y si corro muchos riesgos. ¿También estoy valorando ir por la vía penal pero no sé si será tan larga como la civil(hace más de año que inicié la ejecución de medidas)Me podéis aconsejar?
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Si como dices tu ex marido no tiene nómina fija, sueldo ni cuentas bancarias que embargar lo correcto es lo que te comenta tu abogado, embargarle su 50% de la casa. Otra cosa es que posteriormente puedas ejecutar ese embargo y conseguir el dinero que te debe, te lo digo porque si tienes hipoteca, por mucho que tu anotes tu embargo sobre el 50% de la casa y consigas la subasta el Banco siempre será el que primero que cobre porque su crédito es privilegiado (preferente). De todos modos más vale eso que nada, y siempre te quedará la opción de negociar con él en cualquier momento en caso de venta, por ejemplo de la casa.
De todos modos, yo te recomiendo que le digas a tu abogado que solicite el embargo de los derechos de crédito de las tarjetas de crédito de tu marido.
Te explico, últimamente los Juzgados están aceptando que en el caso en que el deudor no tenga bienes que embargar, se le embarguen los derechos de crédito de los que disfruta como titular de una tarjeta de crédito y que se encuentren, en estos casos, inmersos en un procedimiento de reclamación del pago de deudas. En este caso se solicita que el saldo disponible en la tarjeta de crédito sea destinado por orden judicial al pago de la deuda.
Quizás por este camino puedas conseguir el dinero efectivo que te debe mucho más rápido.
Espero que mi respuesta te haya sido de ayuda, si de todos modos necesitas que te resuelva alguna duda más estoy a tu disposición.
Muchas gracias por tu ayuda, le comentaré a mi abogado lo de las tarjetas de crédito (a ver qué procedimiento es el que hay que seguir). Además quería preguntarte sobre el embargo de la vivienda. Si el banco tiene el derecho preferente, eso me beneficia a mi, ¿no? Lo digo porque si el banco se queda con el 50% de mi ex-marido, eso significa que sólo quedamos como propietarios el banco y yo. Si es así, yo podría renegociar con el banco una nueva hipoteca para tener el 100% de la propiedad de la vivienda.
Se trata de ver de qué manera dejo de depender de que me pague cada mes. ¿Se le puede reclamar su parte correspondiente a la herencia en vida que le corresponda? ¿Algo así? Hablo de la parte irrenunciable que él tiene como hijo (es decir, ir a por el patrimonio familiar). ¿Puede hacerse algo así en España?
No pienses mal, es simplemente que veo que no hay ninguna manera Legal ni rápida ni efectiva de que él pague, y todo son largos procedimientos cuyo resultado no se sabe cuál será, y siempre hay una vía de escape para él. Lo único que pudeo hacer es tratar de quedarme con la casa, pero si voy a un embargo, corro el riesgo de que un tercero se la pueda quedar, y me da miedo perder el techo de mis hijos.
Muchas gracias de nuevo por tu ayuda.
De momento no existe en España un proceso que permita embargar bienes futuros (como puede ser una herencia), sino solo bienes presentes, lo que no significa que tu marido no responda de las deudas que tenga con todos sus bienes presentes y futuros. Pero como opción de embargo a día de hoy no existe, cuando sea titular de esos bienes podrás embargárselos, no antes.
Yo de ti iría por la vía del embargo de los derechos de crédito de las tarjetas de crédito de tu marido como te comenté ayer porque muchas veces es más efectiva de lo que parece. El proceso para pedirlo es el mismo que el que va a utilizar tu abogado para pedir el embargo del 50% de la vivienda. El tema del embargo del 50% de su mitad de la vivienda te puede interesar porque llegado el momento de la subasta, puedes adjudicarte el 50% de tu marido, con lo cual el bien pasa a ser tuyo (pagando previamente al Banco o negociando con ellos una ampliación de hipoteca). A lo que yo me refería es que si la casa sale a subasta existe un riesgo de que como tu también acudan terceros para adjudicársela pero a tu favor te diré que es poco probable que alguien se interese en adquirir el 50% de una casa sólo.
Esperamos haberte ayudado con tus dudas, para cualquier otra cuestión ya sabes donde estamos.
Muchas gracias por tus consejos, a veces te da la sensación de estar en un camino que no termina nunca y te desespera saber que la justicia es tan lenta y que llevando la razón eres tú la que tiene que demostrar todo. Llevo más de un año haciéndome cargo de mis tres hijos, él reconoce abiertamente que no paga y reconoce sus bienes, y sin embargo al final estas con las manos atadas. Lo último que te quería preguntar es si yo puedo pedir la patria potestad solo para mí, si el hecho de que él no se haga cargo de la manutención de sus hijos puede ser causa para perder la patria potestad. Muchas gracias otra vez.
Podrías pedir que se prive de la patria potestad a tu marido siempre y cuando puedas probar que ha incumplido los deberes que le impone el artículo 154 del Código Civil, es decir, de alimentarlos, procurarles un información, educarlos, velar por ellos y tenerlos consigo.
Si tu marido además de no pagar alimentos de los niños tampoco se ha preocupado en mantener una comunicación y relación con ellos, incumpliendo el régimen de visitas pactado podrías intentarlo.
Ahora si, los Jueces suelen ser muy estrictos y en el tema de la falta de comunicación exigen que exista una falta de relación total entre padres e hijos para considerar la privación justificada.
De todos modos, si tienes abogado como dijiste lo más conveniente es que le comentes todas estas cuestiones a él ya que por su conocimiento más completo del caso es el que mejor puede ayudarte. Otra cosa es que no estuvieras contenta con sus servicios, en ese caso, te recomiendo que pienses en cambiar de profesional, pudiendo acudir a nuestro despacho si te interesa.
Esperamos que nuestra respuesta te ayude a clarificar tus dudas, para cualquier otra cuestión ya sabes donde estamos.
Te doy las gracias por tu ayuda que ha sido mucha, a veces se necesita una segunda opinión.Y te agradezco también tus rápidas respuestas.Un saludo muy grande.

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