Estoy separado, mi hijo vive conmigo y mi ex mujer no se hace cargo de manutención ni pensión alguna

Me separe hace 10 años mi hijo se quedo con su madre, hace unos meses me pedía el divorcio y aprovechando el tema quería más dinero y la custodia compartida, a mi hijo no le comento nada al contrario de mi yo si le comente las intenciones de su madre, con la consecuencia de que se enfado con su madre por no haberle comentado nada (el niño tiene 16 años)y decidió venir a vivir con nosotros, cuando se lo dice a su madre ella le prepara la maleta y me lo trae a mi casa a las 11 de la noche, con todo esto yo hablo con su abogado de como esta la situación más que nada por la sentencia que pone que esta con su madre. A rresumidas cuentas ella dice que ya le esta bien todo como esta, claro yo he dejado de pasarle la manutención paro ella no me la pasa a mi, ni paga cole ni libros . No se si tienes datos suficientes pero es largo de contar, si tienes alguna duda preguntame así iremos directos, tu entiendes más:¿Muchas gracias de antemano . Por que la leí no nos defiende a los padres igual que a ellas?

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Pues bien con esa información que me das, podrías pedir simplemente una modificación de medidas por modificación sustancial de las circunstancias, sin pedir el divorcio, lo que te llevaría a tener una sentencia en unos 6 meses, y aunque recurra ella, podrías pedir la ejecución provisional de la sentencia con lo que te tendría que pagar las pensiones aunque la sentencia de primera instancia estuviese recurrida.
Una vez obtuvieses la sentencia definitiva podrías solicitar que te pagase las pensiones de alimentos atrasadas que no te ha pagado por el tiempo que ha estado tu hijo contigo.
Luego, una vez tu hijo haya empezado a trabajar, ya verás si pides el divorcio o no.
También cabe la posibilidad que solicites unas medidas provisionales previas a la demanda de divorcio, las que se decidirán en el plazo de 2 meses como mucho, y serán sobre la pensión de alimentos a pasar a tu hijo. Una vez fijada la pensión tendrás que acudir al divorcio, pero la pensión ya estará fijada sin necesidad de que esperes hasta que se resuelva la sentencia de divorcio.
Estas son las únicas soluciones que veo.
Hoy por hoy la ley no es que defienda a las mujeres, ya que establece que el hijo quedará en compañía del cónyuge al que se le otorgue la guarda y custodia del mismo. El problema es que hoy en día los jueces entienden que el hijo debe estar con la madre, salvo que tenga una cierta edad (más de 12 años), a partir de la cual se le debe dar la posibilidad de hablar, y decidir en compañía de qué progenitor se quiere quedar.
Para evitar esto se ha modificado en junio del año pasado la ley estableciendo la posibilidad de que se otorgue la custodia compartida del menor (con lo que se evitarían en mayor medida el pasar una pensión de un cónyuge a otro), pero esta custodia solo se está aplicando en casos de divorcios de mutuo acuerdo.
Por lo que me dices desconozco, cuanto tiempo lleva tu hijo viviendo contigo, pero me dices que tu mujer no te paga nada de pensión ni paga el 50% de los gastos escolares. Pues bien no puedes quedar así ya que tiene la obligación de mantener a su hijo, igual que lo haces tu. Además si tu le pagabas pensión porque tenías un mayor patrimonio que ella, ella ahora te debería de pagar también pensión aunque fuese en cantidad menor, pero en ningún caso puede estar sin pagar pensión de alimentos para su hijo.
El caso en el que te encuentras sería una modificación sustancial de las circunstancias, y si me dices que te había pedido la custodia compartida era con la intención de que te quedases tu más tiempo con el hijo, ya que por lo que veo ella ya no tiene ganas de estar con el si te lo ha llevado a tu casa con esa facilidad, y así evitar que te quedases tu la completa guarda y custodia, con lo que te tendría que pasar pensión de alimentos.
Pues bien entiendo que esto es una modificación sustancial de las circunstancias y que le deberías de pedir a tu mujer, por un lado el divorcio, por otro lado la guarda y custodia de tu hijo, además de una pensión de alimentos para tu hijo, y el 50% de los gastos de colegios, además de gastos de médicos, estudios en el extranjero, oculista, etc... (comentándolo previamente con tu hijo, ya que tiene la edad suficiente para entender las cosas, y respetando en todo caso su opinión), ya que creo que lo entenderá porque sabrá que tu has estado muchos años pagando una pensión a tu mujer, y ahora entenderá tu hijo que ella también debe ayudarte a pagar los gastos de tu hijo, por medio de una pensión.
Si obtienes la guarda y custodia de tu hijo, tu mujer tiene la obligación legal de pasar una pensión de alimentos, la cual se calculará, de acuerdo con lo siguiente:
Se tiene que ver lo que gana ella, a esto se le tiene que restarlos gastos de hipoteca o alquiler que tenga, a esto se le tiene que restar el 10% de lo que ganas tu restándole los gastos de hipoteca o alquiler que tengas.
A lo que te de se tiene que hacer su 22'7%, y lo que de es la pensión a la que está obligada a pasar a tu hijo, y además el 50% de los gastos extraordinarios.
Para ello debes acudir a un abogado matrimonialista o especialista en derecho civil de confianza, y solicitar la guarda y custodia de tu hijo, ya que aunque tu mujer se oponga y la quiera seguir teniendo con el objetivo de que le sigas pasando pensión, el hijo con sus 16 años tiene derecho a manifestar con cual de los dos se quiere quedar y si quiere quedarse contigo no tendrás ningún problema para que te la den a ti, además de la pensión.
Saludos, no olvides valorar mi respuesta para mejorar mis servicios. Se admite todo tipo de crítica.

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