Huelgas

Estimado amigo/a:
Podrías informarme, si esta regulado de alguna norma, y en tal caso en cual, de ¿como deben actuar los Profesores en los Centros de Secundaria y Bachillerato, en los casos de huelga realizadas por los estudiantes, quiero decir ¿Deben impartir clase a los alumnos que asistan o es necesario un numero mínimo de alumnos, en cuyo caso, cual (la mitad, una tercera parte...)?.
Sin otro particular, recibe un cordial saludo.
Respuesta
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Las "inasistencias colectivas del alumnado" a las clases, aparte de estar reguladas en el Real Decreto de derechos y Deberes (está desarrollado en cada CCAA), contempla siempre el derecho a la educación del alumnado que acudan al aul, que debe ser atendido por el/la profesor/a, sin especificar de que manera. Ahora bien, puesto que la citada inasistencia, cumpliendo los requisitos y procedimientos regulados, se considera también un derecho (en caso contrario sería una falta de inasistencia, sancionable según la normativa) por lo que hay que equilibrar ambos derechos.
Por ello, no se pueden llevar a cabo actividades que perjudiquen al alumnado que no asiste, recomendándose actividades de repaso ...
No importa el número de alumnos que acuda, basta con uno.
Estimado/a amigo/a:
En primer lugar agradecer tu rápida y acertada contestación, y quisiera aclarar, que no estoy tratando ningún tema en concreto, sino de una manera genérica todos esos actos de este tipo que se vienen desarrollando a lo largo de un curso escolar y por diferentes motivos.
Si me permites, no obstante quería que me aclarases una cuestión.
En el supuesto de que los alumnos que acudan sea un numero considerable, digamos el 50%, ¿estarían en este caso abocados a seguir repasando en todas las huelgas, hasta que los otros alumnos decidieran asistir a clases?
Esa forma de actuar por el profesorado ¿no crees que a quien unicamente beneficia es a quien ejerce su derecho a la huelga en perjuicio de quien quiere ejercer su derecho a la educación y al trabajo?.
Sin otro particular, recibe un cordial saludo.
Tienes razón en lo que expones. Realmente (y legalmente), hoy nada impide desarrollar una actividad lectiva normal, siempre que se proporcione al resto del alumnado la oportunidad de acceder a la parte del currículo que se ha impartido durante la "inasistencia colectiva". Creo que otro posible enfoque sería el de aprovechar las sesiones coincidentes con la huelga para plantear actividades de refuerzo relacionadas con la educación en valores, a ser posible pluridisciplinares y previstas por el Claustro de Profesorado para su aplicación en estos casos. Ahora bien, será muy difícil si el Claustro no lo tiene previsto, y quedaría al albur de cada profesor/a.
En todo caso, ojo con la realización de actividades de evaluación durante la huelga, algo no tan raro. No olvidemos que es fácil convertir una huelga de alumnado en un conclicto centrado en determinados profesores.
Creo que se trata de un equilibrio delicado pero en el que no debemos olvidar que somos educadores, más allá de profesores.

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