Cuenta vivienda

¿Hola, qué tal?
Mi caso es el siguiente, adquirí una vivienda sobre plano ( VPA) con mi pareja ( no casados) y hace unos días hemos firmado con la CCAA el contrato de compraventa en donde establece las cuotas que debemos de pagar hasta la entrega de llaves, estas son:
1º cuota de 29000 ya pagada en la firma del contrato.
2º, 3º y 4º de 2000 en el 2011
Ultima cuota 10000 en la entrega de llaves.
Los 29000 los pague yo con el dinero de mi cuenta vivienda que finalizaba este año.
Mi pareja tiene una cuenta vivienda que abrió este año con 9000 euros ( desgravara en la renta del 2010), e ira pagando las siguientes cuotas.
Es correcto el planteamiento.
Un saludo.

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Primeramente comentarte que las aportaciones que hiciste en tu cuenta vivienda, ya habrán sido deducidas en anteriores rentas. Por lo que el primer pago que has realizado a la promotora que es coincidente con tu saldo en la cuenta vivienda no será deducible en renta. Hasta ahí está claro.
Si no realizas más aportaciones a la cuenta vivienda, ni haces aportaciones individuales a la promotora, no tendrás deducción vía irpf.
Si tu novia, es la que realiza las aportaciones, será ella quién tenga la deducción en su renta.
Para aclararte un poco el tema. El que la futura compra de la vivienda esté al 50% no tiene implicación respecto a los pagos. Me explico, tu novia puede hacer una aportación de 18000 euros, y solicitar a la promotora que os emita factura al 50%, de esa forma tendrás la deducción cada uno. Si no lo realiza así, la deducción será única para ella, y como solo tiene posibilidad de deducirse el máximo de 9015, tendrás una aportación hecha a la constructora de unos 9.000 euros sin deducción fiscal, de ahí que te indique que la aportación sea por igual de ambas partes, indistintamente de quién tenga en ese momento el dinero.
Hola, en primer lugar gracias por contestar.
Entonces por lo que entiendo nuestra situación quedaría de la siguiente manera:
Yo hice una aportación en diciembre del 2010 ( 29000 euros) que era de mi ( solo mía) cuenta vivienda, que cerré ( ya tenia 5 años) ya que se me acabo y estos 29000 ya los deduje en declaraciones de la renta anteriores, así que en la próxima declaración de renta yo no deduciré nada.
Mi pareja, abrió una cuenta vivienda (ella solo) en diciembre del 2010 con 9000 euros, que los utilizara para hacer los pagos este año (2011), y deducirá estos 9000 euros en la próxima declaración.
¿Es correcto todo?
Gracias.
Exactamente, tu pareja procederá a la deducción de los 9000 en la renta del 2010. Aunque el pago a la promotora lo haga en el 2011.
Si no hacéis ningún pago adicional en el año 2011, a la cuenta vivienda de ella o a la promotora, en la renta del 2011 no tendrá deducción.
Sds.
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En principio debemos ver que la compra de la vivienda es de dos titulares, por tanto cada uno deberá aportar a la compra el mismo importe y en idénticos plazos.
Si Vd. realizo el pago por los DOS, es un acuerdo entre Vds., que a la hacienda pública no le vincula para nada. Así que cada uno deberá desgravarse la mitad de lo pagado en cada declaración de RENTA. 14.500 cada uno en 2010. El beneficio fiscal que ello genere a su pareja, será otro acuerdo entre Vds.
Yo entiendo que debe dárselo a Vd., es decir que si su pareja con la desgravación ha obtenido un beneficio fiscal (mayor devolución o menor pago) ese beneficio es de Vd.
Por lo tanto si Vd. pago 29.000 euros de la cuenta vivienda, a Vd. solo le son aplicables el 50%, ya que el otro 50% corresponde al otro titular, aunque el dinero sea de VD. (figura de préstamo).
A mi entender Vd. no ha dedicado su cuenta vivienda a la compra de la misma y puede generarle problemas con la Agencia Tributaria.
Su pareja ya no debería de tener cuenta vivienda, dado que ya han iniciado la compra de una casa, y por tanto no pueden ser simultáneas las dos cosas. Así que su pareja deberá desgravarse el 50% s/29000, 14.500 y no la depositada en cta.
Los 9000 de su pareja no tiene efecto en cuenta corriente y no deberá desgravárselo.
Finalmente deberá hacer declaración complementaria por la parte de cuenta vivienda no dedicada a la compra.
De todas formas podemos entender que la compra venta no se realizara hasta la definitiva entrega de llaves y elevación a publica de escritura, por tanto si dispone de un certificado de la promotora, de un recibo o factura donde reconoce que la entrega es de Vd. será suficiente para la AEAT, pero si los recibos contratos y facturas están a nombre de los DOS se entenderá los pagos al 50 %. Y por ello no habrá Vd. invertido la totalidad de cuenta vivienda.
Consulte con un Asesor Fiscal de su población, que con la documentación quele presente podrá ajustar mejor el asesoramiento.
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Por lo que expone en la consulta, lo que considero que le preocupa es que en caso de comprobación por hacienda cada uno tiene que tener pagado su 50%.
Si efectivamente es así, y así está declarado no debería de tener ningún problema aparentemente, pues dice que cada uno es propietario del piso al 50%.
Dense de alta en el censo señalando ese domicilio como vivienda habitual.
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Lo que planteáis es correcto, no hay otra forma de hacerlo para obtener mayor desgravación. Lo que si que podéis hacer es seguir ingresando dinero en la cuenta vivienda, siempre que os sea posible, para desgravaros el máximo posible.
Hola.
Pero es que me han comentado que tendré problemas con mi cuenta vivienda ( la que tenia 29000), ya que pague con ella la primera letra este año, es decir este año pague yo todo y el piso esta al 50%. Y sera mi pareja la que pague el próximo año.
Tendre algun problema???, aunq el piso este al 50%, lo importante es q al final paguemos cada uno la mitad, y no pone en ningun sitio como se pagará.
Gracias
Ufff, eso que te han dicho es muy rebuscado. Hacienda mirará que el dinero de la cuenta vivienda haya ido al pago del piso, no creo que mire más.

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