Posibilidad de elección entre reparación o compensación

Tras un peregrinar de fontaneros que achacaban las humedades de mi techo a un problema de condensación, posteriormente un mal sellado de las juntas de la bañera del vecino del piso superior... Finalmente han reparado el desagüe de la bañera del vecino. Desde que yo di parte al seguro ha transcurrido más de 1 mes.
Mi vecino tiene seguro, así que se supone que ellos se hacen cargo de los daños:
- Cierre de cata en el techo
- Pintura de paredes y techo
- Desmontaje y montaje de armario para pintar
Mis preguntas son varias:
¿Tengo derecho a elegir entre que me hagan ellos la reparación o recibir una compensación económica?
¿Podría elegir que me repararan la parte de albañilería y recibir compensación económica para la pintura y carpintería?
Si son ellos los que hacen la reparación ¿puedo elegir a alguno de los gremios para hacer la reparación, el carpintero por ejemplo?
¿Puedo pedir algún tipo de indemnización por las molestias que me han ocasionado (limpieza constante de moho en techo y paredes)?

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Varias preguntas varias respuestas.
Sobre el derecho a elección entre que te reparen o indemnización, puedes elegir perfectamente, pero la reparación debe tener un coste lógico, no te pagarán mas de lo que realmente cueste hacerlo por otro gremio en igualdad de condiciones de reparación. Es decir, si lo haces por mas importe de lo que han peritado no te pagarán la diferencia del importe de la peritación, y si lo haces por menos ellos encantados, te pagarán por las facturas presentadas o por el importe de tal peritación.
Respecto a la siguiente cuestión pasa lo mismo, solo te pagarán por el importe de la peritación en pintura o carpintería, no factura mas alta, pero puedes hacerlo por tu cuenta perfectamente salvo que tengas en condiciones de póliza alguna cláusula que limite esto.
Puedes elegir al gremio que quieras, pero no deberá superar el importe de la peritación, al fin y al cabo es que lo que dice el perito, es lo que la compañía está dispuesto a liquidarte para que repares y está dispuesta a enviarte a los gremios que te lo harán por ese coste.
A la última cuestión, contestarte que no, en el seguro de hogar, salvo que vayas al juzgado y demuestres las pérdidas obtenidas (esto es bastante complicado por no ser una actividad empresarial lo que hay en las viviendas) no se indemniza por los retrasos o molestias, los seguros costarían mucho mas si garantizaran esto. Lo que si está claro es que te deben de pintar, limpiar el moho o lo que sea preciso para dejarte la vivienda en perfecto estado, vamos como estaba antes de producirse el siniestro de daños por agua.

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