¿Me devén pagar los muebles deteriorados a causa de goteras de mi vecino? ¿A quién me dirijo?

Hay algún problema en las tuberías de mi vecino de arriba o desagüe de la ducha, que cambio el propietario por la bañera y por lo visto en varias ocasiones se acumula el agua en el FALSO techo creo que se llama así, de mi cocina, penetra y gotea,, se mojan mis muebles y se llena de agua lampara,, y esto solo cuando se duchan. El propietario a enviado en dos ocasiones o tres en el transcurso de 7 años a un albañil y / o fontanero, han abierto un boquete en el techo de mi cocina y por lo visto perecía que el problema se había solucionado,, pero no¡ Es la tercera vez que me sale agua del techo ... Bueno espero haberme explicado bien, mis preguntas son, ¿devén pagarme el deterioro de un mueble que a causa del agua se a hinchado? Y, ¿A quién me dirijo?

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El vecino superior es el responsable de TODOS los daños que se hayan ocasionado en su vivienda (la de Ud.), tanto de los daños en su inmueble (falso techo, pintura, etc.) como de los daños en sus bienes muebles (muebles, electrodomésticos, etc.); y por ello, se lo tiene que reparar y/o indemnizar.

Ahora viene el tema de los seguros:

Si su vecino tiene seguro, y su seguro lo cubre (lo cual sería lo normal), se supone que su seguro (el del vecino) tiene que reparar la avería (por la garantía de daños agua); y repararle a Ud. sus daños en techo, así como repararle o indemnizarle a Ud. los muebles, etc (por la garantía de responsabilidad civil).

Para ello, que el vecino comunique el siniestro a su aseguradora indicando no sólo la fuga, sino también los daños que le ha ocasionado a Ud.

Lo normal sería que la aseguradora (del vecino) envíe reparadores (para reparar todos los daños) y un perito (para tasar los daños en muebles, etc.), con el fin de indemnizarle a ud.

Eso es (o debiera ser) lo normal, aunque no siempre se cumple por diferentes motivos.

Si la aseguradora del vecino no se hace cargo de todo o parte de los daños ocasionados a Ud., el vecino debería pagarlo de su bolsillo.

POR OTRO LADO, si Ud. tiene seguro de hogar, comunique también el siniestro.

Así, cuando el vecino haya reparado su tubería, su aseguradora (la de Ud.) deberá hacerse cargo de los daños en su inmueble o en sus muebles -en el supuesto de que el seguro del vecino no se hiciese cargo- o de que el vecino no tuviese seguro.

Ojo... Ud. no puede ser resarcido por ambas aseguradoras (es decir, dos veces).

Si el seguro del vecino se hace cargo de todo, lo normal sería que su aseguradora (la de Ud.) no intervenga.

En teoría, su aseguradora (la de Ud.) sólo le indemnizaría los daños que no le indemnice la aseguradora del vecino o el propio vecino de su bolsillo.

Lo único que no puede hacer su aseguradora (la de Ud.) es reparar la tubería del vecino.

Si su aseguradora (la de Ud.) finalmente se hace cargo de alguna indemnización (hacia Ud.), luego repetiría (reclamaría) dichos gastos a la aseguradora del vecino (caso de tener seguro) o al vecino directamente (si no tiene seguro).

El asunto es un poco lioso, y todo depende de si ambos tienen seguro, de como actuen las aseguradoras, y/o de la buena voluntad del vecino.

Suerte.

Cris.

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