Indemnización del consorcio

El pasado mes de Septiembre sufrimos en esta zona una terrible gota fría que inundó parte de la provincia. Mis padres fueron unos de los afectados y afortunadamente salieron de casa a tiempo. Cuando conseguimos acceder a su vivienda (que es su vivienda habitual) el panorama era dantesco, como se puede imaginar. Llamamos a la compañía de seguros y tardaron unos días en mandar al perito porque como es lógico, tenían mucha faena esos días. ¿El caso es que el perito del seguro hizo una valoración de los daños de 18.000?, que aunque a mi entender no repone la totalidad de los bienes afectados ni podrá reponer las fotos, pero tratándose de mis padres y que son muy conformistas, les pareció bien ya que a su edad "para qué quieren más". Bueno, el perito les entregó una copia de esta valoración pero dijo que al tratarse de una inundación por lluvias, la indemnización era cosa del Consorcio y que vendría un perito del consorcio y que éste no les daría tanto dinero. Así ha sido. Este señor ha venido casi dos meses después, cuando hemos repuesto algunos muebles y rescatado otros, hemos pintado y limpiado y la casa está en mejores condiciones. Mis padres le mostraron las fotos de como estaba la casa en el momento de la inundación, el nivel del agua, el estado de los muebles... Pero en la opinión del perito, los daños no han sido tan graves. ¿Por lo tanto les ofreció una indemnización de 1.400?. La diferencia es más que bestial. ¿Y tras protestar mi padre un poco subió a 2.000?.
Mi pregunta es: ¿Tiene derecho el perito a esto? ¿Se puede reclamar algo más?
Estoy pensando en ponerme en contacto con la compañía aseguradora para cantarles las 40 pero antes necesito saber qué derechos tenemos en estos casos. Lo que sí está claro es que posiblemente les haga cambiar de compañía.

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En este caso, la compañía no tiene tanta culpa. Los siniestros de estas características los cubre el Consorcio. Eso viene detallado en la póliza. En esta ocasión, entiendo que la compañía ha actuado en calidad de colaborador del Consorcio. Es decir, aunque ella puede peritar, y así lo ha hecho, dado que la indemnización la paga el Consorcio, es éste el que tiene la última palabra.
Dicho esto, y existiendo una peritación de la compañía de 18.000 euros, me parece intragable que el Corsorcio oferte 2.000. En teoría pueden aplicar una franquicia, que creo que es del 7%, pero serían 16.000 euros como poco lo que deberían pagar.
Creo que deberíais hablar con la compañía y que os indique exactamente cómo se recurre esta decisión del Consorcio y posteriormente realizarla, hablar con el Consorcio y explicar porqué estáis disconformes, al haber peritado al compañía 10 veces más que ellos.
Eso si:, siempre antes de firmar ni aceptar nada. Es muy importante que tus padres no firmen un finiquito ni ningún papel porque entonces se condenan a no cobrar más.
Espero que te sirva. Si no, vuelve a preguntar.
Gracias por tu pronta respuesta, ya que como experto entiendo las molestias que eso te conlleva.
Me encuentro con el problema de que mi padre firmó lo que cree que es la peritación pero dicho perito no le entregó ninguna copia cosa que sí hizo el primero.
De todas formas, hablaré con la compañía a ver que solución me dan, incluso reclamar aunque hayan firmado.
Pienso que lo que ha firmado tu padre es la constancia de que ha acudido el perito. Creo que la liquidación y firma de ésta se produce a posteriori, con un documento en el que se entrega la cantidad indemnizada y se hace firmar al perceptor un papel diciendo que se da por finalizadas las reclamaciones sobre ese siniestro.
En cualquier caso, habla de buenas con la compañía, espera a ver cuál es la indemnización real que ofrece el Consorcio y si no estás de acuerdo, patalea, porque si no nadie te va a venir a dar más indemnización porque sí.

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