Compra vivienda habitual

Tengo una vivienda habitual desde el 21 de marzo de 2003, y por la que he desgravado; voy a comprar una vivienda de protección autonómica con mi novio, y nos dan las llaves en diciembre de este año.
Se, que para que se considere vivienda habitual he de haber residido en ella al menos tres años desde su compra, a no ser que se den determinadas circunstancias.
Pues bien, nosotros, mi novio y yo, tenemos pensado casarnos a principios de marzo de 2006.
Mi pregunta, es la siguiente: ¿Cómo afecta la compra de esta nueva vivienda que vamos a destinar a vivienda habitual, en cuanto a el tema de las desgravaciones? ¿Tendré algún problema por solicitar las ayudas que tiene las viviendas de protección, antes de que se celebre el matrimonio?
Nosotros no tenemos pensado ir a vivir a este piso hasta que se celebre la boda.
Espero que me haya explicado correctamente. Muchas gracias.
Respuesta
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La compra de la nueva vivienda no afecta a las desgravaciones de la anterior debido a que el cambio está justificado por la boda.
Lo que no podrás es deducir por ella hasta que cubras lo aplicado en deducciones por la otra. Por ejemplo si aplicaste en la primera deducciones sobre 20.000 euros no puedes en esta empezar a deducir hasta que hayas pagado al menos esos 20.000 euros.
Para las ayudas el tener una vivienda puede ser un problema: entérate en el organismo al que se la solicitas haciendo mención a esos dos parámetros: boda y tener vivienda.

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