¿Volver a desgravar por vivienda habitual?

En 2007 me compre un piso con la que era mi actual pareja (no matrimonio), en abril de 2008 se acabo la relación y realizamos una extinción de condominio comprando yo su parte del piso. Tuve que alquilar el piso por necesidades económicas y volví a casa de mis padres. Entonces en la declaración de la renta devolví los beneficios de la cuenta vivienda.
El problema viene cuando ahora voy a volver a vivir en mi piso y tenia la intención de desgravármelo por vivienda habitual y me entero que no puedo por haberlo tenido alquilado. Pero informándome me he dado cuenta que me podía haber acogido a una ruptura de la pareja (justificándolo) para no devolver lo desgravado.
¿Es verdad? Y en caso positivo, ¿podría desgravarme el piso una vez vaya a vivir en él? Si tengo toda la documentación para demostrarlo (escrituras, etc.)

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Primero estas mexclado dos tipos de desgravaciones
1.- La de la cuenta vivienda
2.- La de la desgravación por inversión en vivienda
Supongo que te a la cuenta vivienda.
Y no, no es cierto, tendrías que haberlas devuelto de todas formas.
La ley dice: Ábrete una cuenta vivienda para la compra de tu primera vivienda habitual y te podrás desgravar por ellas hasta que te la compres, que por cierto el limite es de 4 años.
Por fin te compras tu vivienda y por alguna razón os separáis, tu le compras su parte a tu pareja y por motivos económicos decides ponerla en alquiler. Entonces esta vivienda ha perdido el carácter de habitual por que la tienes alquilada.
Y a partir de aquí hay dos posibilidades.
1-. Decides irte a vivir con tus padres. Pues las desgravaciones de la cuenta vivienda, las devuleves y no la podrás recuperar nunca.
2.- Decides comprarte una vivienda más pequeñita más barata y con menos hipoteca. Y hacienda te dice: quiero que me demuestres por que te has cambiado de vivienda y tu les dices que te has separado de tu novia, y hacienda te dice... Para que eso se considere prueba tendríais que haber sido pareja de hecho. O pareja de derecho (O sea marido y mujer) y como no ha sido así... te toca devolverlo todo y no lo puedes recuperar.
No se si me he explicado.
Si te has explicado bien.
Entonces por lo que dices aunque vaya a volver a vivir en mi piso, ¿no podría desgravarme la hipoteca aunque vaya a vivir en él más de 3 años? (Lo pregunto por si es diferente a la cuenta vivienda). Seria solo a partir de unos meses.
Y si la respuesta es negativa, ¿fiscalmente no me saldría más a cuenta seguir con mi piso alquilado y alquilar yo otro piso? Lo digo porque ahora me puedo desgravar, comunidad, intereses y ibi.
Gracias y perdona las molestias.
Lahipoteca si. La deducción por hipoteca se te paraliza en función de los años que tengas el piso alquilado, pero cuando vuelvas a vivir a el podrás seguir desgravándote.
Perdona que ahora no te he entendido bien del todo...
Quieres decir que he tenido que devolver los desgravado en la cuenta vivienda, porque alquile mi vivienda antes de los 3 años y por lo tanto no ha sido vivienda habitual, hasta aquí bien porque es lo que he realizado.
Pero en cambio si que podré desgravarme la hipoteca, una vez vaya a vivir a mi piso, siempre y cuando permenezca en el más de 3 años, ¿no?
Muchas gracias de antemano por la aclaración.
Eso es.

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