Donación usufructo

Estamos pensando en hacer una donación del usufructo de nuestra vivienda habitual a mi madre, quedándonos nosotros la nuda propiedad.
La vivienda tiene una hipoteca pendiente, la cual entiendo que debemos seguir pagando nosotros ¿es así?
Pero los gastos de la vivienda como comunidad, contribución, seguro, mantenimiento, etc. ¿quién debe pagarlos?
¿Podemos alquilar o vender la vivienda a terceros teniendo mi madre el usufructo?
Me han dicho que el derecho de usufructo terminaría cuando falleciera mi madre y entonces la vivienda volvería a ser sólo nuestra ¿es necesario que mi madre modifique el testamento para que no haya líos con otros hermanos míos?

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Para poder ceder el usufructo existiendo hipoteca, deben hablar con el banco para que entre su madre, ya que no podrán hacerlo sin su permiso (el del banco).
Los gastos deben pagarse según acuerdo.
No hay nada establecido, aunque a nivel informativo, tanto la nuda propiedad como el usufructo tienen un valor en relación al precio total de la vivienda. Si calculan los porcentajes, pueden aplicarlos al reparto de los gastos.
El usufructo significa el disfrute y uso, por lo que es lógico que deban recibir el consentimiento de su madre para transmitir o alquilar el inmueble. De todas formas pueden transmitir la nuda propiedad sin el usufructo, pero su madre podrá residir en la vivienda hasta que fallezca, pasando automáticamente el usufructo a los propietarios de la nuda propiedad.
Creo que la última cuestión se la he contestado en el anterior párrafo.
Espero haberle ayudado. Si tiene algún tipo de duda, no tema preguntar.

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