Desgravación vivienda

Hola, mi duda es la siguiente: He comprado una casa en construcción que me entregan el año que viene. De aquí a fin de año voy a pagar más o menos 3000 euros de la vivienda y 6000 de la plaza de garaje. Quisiera saber si en la renta del año que viene me puedo desgravar los 9000 euros o la plaza de garaje no se puede contabilizar como vivienda habitual a pesar de que yo he comprado las dos cosas conjuntamente y voy haciendo pagos sobre las mismas.
Gracias.

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En principio sí te puedes desgravar tales pagos, siempre que se produzcan, como máximo 2 años antes de que constituya realmente tu vivienda habitual, y siempre que no te apliques la deducción de vivienda por otro inmueble (ya que en este caso estarías duplicando la deducción).
La plaza de parking entiendo que también puedes incluirla siempre que la hayas adquirido de forma conjunta, en unidad de acto con la adquisición de la vivienda (el máximo son dos plazas de parking adquiridas conjuntamente con la vivienda).
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Para el año que viene se podrá desgravar por los 9000 euros ya que las plazas de garaje (con un límite de 2) que se adquieran conjuntamente con la vivienda forman parte de la misma a efectos de desgravación.
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Te puedes desgravar la totalidad.

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