Venta vivienda

Hola, ¿voy a vender un piso por 210000? ¿Qué compre en 1999 por 66000? (Me quedan 48000 pendientes de hipoteca) el piso está solo a mi nombre y ahora voy a comprar con mi novia uno por 215000 al 50%, ¿vamos a pedir una hipoteca de 90000?. Mi pregunta es si podría acogerme a la exención por reinversión o tendría que pagar a hacienda. Muchas gracias
Respuesta
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Sí puede acogerse a la exención por reinversión siempre que lo percibido por la venta menos la hipoteca 162.000 lo reinvierta en la nueva vivienda, pero por los números que me dice sólo habrá exención por reinversión parcial ya que usted va a reinvertir 62.500 )215.000-90000/2).
Tengo una duda, aunque la propiedad del piso sea al 50%, yo voy a reinvertir todo lo que reciba de la venta, y a partir de ahí comenzaremos a pagar al 50%, ¿sólo me cuenta como reinversión 62500 aunque en realidad yo pague el doble? ¿No basta con declarar a hacienda que yo he pagado los 162000 que recibo de beneficio por la venta, y lo que queda es lo que vamos a pagar al 50%? Gracias
Sí, ya que usted ahora adquiere el 50% y en esa proporción puede beneficiarse de la exención comentada. Si a la hora de adquirir la vivienda hacen capitulaciones matrimoniales estableciendo otros porcentajes distintos del 50%, sí podría acogerse a la exención por reinversión por más cantidad.

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