Sólo has de pagar el ITPAJD, ( modelo 600) y es el 7% del valor que se ponga en escritura, y que te aconsejo que pongas el real o lo más aproximado posible, pues aunque parezca que se paga mucho, luego tienes desgravación de hasta un 25 % en la renta ( el limite 9015 anual por cada uno de los cónyuges). Si además tienes hipoteca será el 1% del valor de total que figure en la hipoteca, no el nominal del préstamo) Ademas del 7 % por Ley te corresponde aprox un 15 % de la factura del Notario y el total de registro de la propiedad, ( ¿si es solo de compra unos 230? Si ademá llevas hipoteca otros 200. La plusvalía le corresponde al vendedor. Espero haberte aclarado la duda. Por favor no olvides puntuar: ES MUY IMPORTANTE PARA MI. Gracias y un saludo. FULMA