Firma de escrituras

Dentro de 15 días debo firmar las escrituras del piso. ¿En mi contrato de compraventa se especifica que si no me presento ese día pierdo la opción a la compra y debo pagar 8000? Como indemnización. En cambio, si no se puede firmar porque la hipoteca aún no este formalizada (en el banco que elija) debo abonar los intereses del préstamo por cada día que se retrase dicha firma.
El problema es que ni la promotora me quiere mostrar el borrador de las escrituras ni el banco me clarifica las condiciones de hipoteca antes de la firma. Ya no nos da tiempo a cambiar de banco. Así que la pregunta es, ¿qué puedo hacer si llegado el día leemos algo que no queremos firmar?.

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Una situación complicada. Personalmente lo que haría sería enviar un burofax a la promotora (para que tenga validez legal si después te ves en la obligación de recurrir a la vía judicial) reclamando la entrega de este borrador y solicitando un aplazamiento de la fecha de escrituración hasta que lo recibas en plazo suficiente para que lo estudie tu abogado.
Y en cuanto al banco, igual. No puedes ir al notario sin haber visto una oferta vinculante por parte de la entidad, porque si no te arriesgas a que te pongan delante cualquier cosa para firmar y te veas "obligado" a hacerlo para no perder el dinero.
Es muy poco tiempo lo que te queda, pero trata de exponer la situación en varios bancos a ver si puedes encontrar alguno que sea capaz de ofrecerte una buena oferta.
Si llegado el día lees algo que no quieres firmar y te reclaman el pago del dinero por echarte atrás, no quedaría otra vía que recurrir a la decisión de un juez, algo que no es recomendable por el tiempo y coste que supone. Pero, por si acaso, es bueno que tengas solicitada la documentación a través de un burofax, que daría valor a tu palabra de por qué no has podido escriturar, dado el caso.
Mucha suerte!
Elena
Gracias por responder tan rapido.
¿Puedo exigir una oferta vinculante al banco? No estoy segura si están obligados a dármela ya que se trata de subrogarme a la hipoteca que tiene el promotor abierta. Tengo entendido que solo es obligatorio entregarla para nuevas hipotecas y cambios de acreedor. ¿A qué ley o derecho puedo acogerme al solicitarla?
Un saludo
Oferta vinculante' como tal no, porque eso sólo te lo tienen que dar cuando quieres subrogar tu hipoteca a otro banco, no subrogarte tú en la del promotor, pero sí tienes derecho a conocer anticipadamente las condiciones de la hipoteca, para decidir si te interesa o si no, poder buscarte otra.
He estado consultándolo y, según el banco de españa, es la propia promotora la que tiene obligación de darte esta información. Puedes verlo aquí: http://www.bde.es/webbde/es/secciones/servicio/reclama/criterios/pres_camb.html
Reclama a la promotora este derecho, y con urgencia para poder si no aplazar la escrituración y buscar otro banco.
Perdona mi ignorancia en estos asuntos, es mi primera hipoteca y creo que todo me sobrepasa. Enseguida me podré en contacto con la promotora para solicitarle la documentación.
Por otro lado, según la palabra del banco como "condicion" a la concesión del préstamo debo contratar domiciliación de nomina, recibos, seguro de hogar y de vida (ni siquiera me han dicho cuanto cuesta) durante toda la vigencia del préstamo. ¿Esto también me lo debe documentar la promotora? Yo no creo que esto venga en las escrituras del promotor. ¿Dónde puedo verificar estos requisitos para ir tranquila a la firma? No me gustaría que al firmar me colaran más cosas (tarjetas, plan de jubilación, etc).
Muchísimas gracias,
O tal vez... esas condiciones no vienen especificadas en ningún documento. Quizá me presenten la póliza de hogar y la póliza de vida para que las firme sin que conste,¿me equivoco?
Estoy muy confusa. Muchas gracias por su paciencia.
No, si el banco te obliga a contratar un seguro o a domiciliar la nómina te lo tiene que decir el propio banco, porque la promotora no tiene ni por qué saberlo.
El asunto es que el banco puede "aceptarte" en la subrogación o no y en muchos casos ponen como requisito para esa subrogación el que contrates por productos del banco. Están en su derecho de pedirlo, pero tú también de no aceptarlo y de buscarte otro banco, por eso es fundamental que, si te van a exigir algo más, te lo digan con tiempo, para que puedas ver si te interesa. De todos modos, si en la escritura del préstamo no figuran estos requisitos como mucho te pueden "obligar" a aceptarlos el primer año, digamos, en el momento de la firma. Después lo das de baja y ya para el año siguiente queda cancelado. De todos modos no es lo ideal. En cualquier caso manda un requerimiento formal por escrito al banco para que te hagan llegar las condiciones 'extra' que te ofrecen para, si no lo hacen, poder justificar un retraso en la escrituración sin que te suponga problemas con la promotra.

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