Comprar la mitad de mi casa a mi ex pareja.

Planteo lo siguiente. Me he separado de mi pareja, no estábamos casados, y quiero comprarle el 50% de la vivienda. El caso es que el banco inicialmente no me amplia la hipoteca para darle la parte a mi ex, por lo que hemos decidido que le daré una parte del dinero de que dispongo y en un plazo de dos años devolverle el otro importe. En total todo serían 60.000 euros. Me dicen que al ser una disolución solo tendría que pagar el 1% de lo escriturado. Actualmente la vivienda está escriturada por un importe inferior a la hipoteca, por tanto no nos podemos deducir el 100% en la D. Renta, pasamos a deducirnos un 54%, por el error que cometimos de escriturar por un importe inferior. He llamado a hacienda y me dicen que si supero los 24000 euros, no podría deducirme la parte de mi ex pareja en 2012, y como supero ya que gano 25.000, tan solo me podría deducir mi parte, de nuevo el 54% de la hipoteca actual. No se si tengo alguna alternativa o podría hacer algo para deducirme algo más. Mi ex dice que habría que escriturar ahora en un importe superior, pero yo me pregunto que para qué si al fin y al cabo tan solo me voy a poder seguir deduciendo ese 54%. No se si estoy en lo correcto.

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Podrás deducirte el importe de lo que gastaste en la casa originalmente (tu mitad), teniendo en cuenta que esta cantidad es lo que figura en escritura (porque lo legal es que coincida con lo gastado de verdad) y sobre eso no hay nada que hacer.
Ahora, si ganas más de 24.000 euros, con la ley vigente no podrás desgravar para compras realizadas a partir del 1 de enero del pasado año, y aunque tú 'compres' a tu ex, es una compra exactamente igual en lo que a fiscalidad se refiere. Por eso, la parte de tu ex que compres este año no te permitirá desgravar, por lo que es indiferente por cuánto la escritures a efectos fiscales (lógicamente será siendo igual de ilegal y punible para hacienda escriturar por debajo del valor real de transacción)
Muchas gracias, era lo que yo suponía. En lo de escriturar por debajo del préstamo fue lo peor que se pudo hacer, ya que no nos hemos podido deducir nunca el 100% del préstamo. Pero la escritura aunque la modificara ahora y la dejase por el valor real, en hacienda tan solo me podría seguir deduciendo ese 52%, ¿no es así?. Vamos a realizar una extinción de condominio, no una compraventa. Y el valor de la casa es el mismo independientemente de la cantidad que le tenga que abonar, estoy en lo correcto.
Muchas gracias.
Es que el problema es que lo que vas a hacer es comprar la mitad de tu ex, luego no afectaría al valor de la casa completa en escritura (aunque sea una extinción, al final es lo mismo salvo en lo que a impuestos se refiere). Y el valor de la casa si influye en la cantidad que le tengas que abonar, puesto que si tiene un 50% le tendrás que pagar la mitad del valor de la casa (por supuesto teniendo en cuenta su parte de la hipoteca).
Muchas gracias. Una ultima cosa. Si tengo la vivienda escriturada en 100.000, los gastos que me ocasiona la extinción de condominio son el 1%, un total de 1000 euros. ¿Tan solo tendría que pagar esto? ¿O lleva asociado algún gasto más?
Gracias.
El 1% es el impuesto a Hacienda. Pero el gasto de notaría y registro habría que añadirlos también.

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