Posible subasta de vivienda

Me están embargando un piso. He intentado la dación, pero la directora de la caja me ha dicho que puesto que ya ha salido la sentencia para la subasta en el juzgado es muy tarde para la dación.
Ahora bien, me ha dicho que lo malo de esto es que si se vende por debajo del valor de tasación vendrán a por mi por mi casa personal.
Este bien lo había comprado con mi marido ahora ex marido. Mis preguntas son las siguientes:
1-Debo 118,000 euros y cuando compre el piso el valor de tasación fue de unos 170000 euros. Ahora cuando intentaba la dación mandaron a un tasador y la tasaron en 120000 euros. ¿Podrían decirme cual valor de tasación usan para determinar este valor? ¿Es el que aparece en las escrituras de unos 170.000 euros?
2- ¿A este valor le suman las costas y demás gastos demoras intereses etc?
3- Me divorcie después de comprar el piso, mi ex esta en paradero desconocido e insolvente. ¿Me buscaran a mi por la totalidad de la deuda o solo por el 50%?
4- ¿Qué puedo hacer para parar esta subasta?
5- ¿Pueden ir contra mi casa o pueden ir a por mi sueldo y aunque trabaje en el extranjero?
¿Qué me aconseja?

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El valor de tasación que consta a efectos de subasta es el que aparece en la escritura, no la valoración que hace el Banco.
Al principal se le suman costas y gastos, aunque dichos importes son negociables. A la cuestión de su divorcio, usted es responsable solidariamente de toda la deuda. Aunque una vez pagada, usted puede dirigirse contra su ex para reclamarle el 50%.
Para parar la subasta ha de consiganr el importe de las cuotas atrasadas y los recibos vencidos hasta el día de hoy, artículo 693.3 de la LEC.
Pueden ir contra su casa e ingresos en el extranjero, dependiendo del país, de los convenios judiciales, etc...
No obstante, puede intentar todavía un acuerdo. Hasta el día de la subasta se puede hacer algo.
Muchísimas gracias por contestarme tan rápidamente. Quisiera explicare un poco más por que usted dice que se podría hacer algo aun.
La directora de la caja me ha pedido alguna prueba de salario puesto que vivo y trabajo en los Estados Unidos. Mañana Lunes me dispongo a enviárselo, todo esto para ver si pudiese agregar todos los gastos y refinanciar mi deuda, ya que mi ex me hizo un poder notarial con derecho a vender su parte o la dación a la caja, así que podría yo comprarla y seguir con los pagos.
Aquí en los Estados Unidos las leyes son completamente diferentes. ¿Podría usted indicarme si existe alguna ley a la que me pueda acoger en caso de no poder pagar esta hipoteca y no perder mi vivienda personal?
Le agradezco muchísimo su tiempo. He intentado entrar enla web que aparece al final de su respuesta y me aparece que esta en mantenimiento. ¿Tiene usted alguna otra? Gracias.
Tiene usted razón en lo que dice, la ley en Estados Unidos es muy diferente a la española. En España usted firma no solo una hipoteca, sino una deuda con carácter personal que perdura en el tiempo hasta el completo pago del préstamo.
Con sus ingresos intentarán cobrar de sus ingresos y es algo probable, pero no se lo digo con certeza porque no ocnozco los convenios judiciales entre países al detalle.
La ley al caso es la Nueva Ley de Enjuiciamiento Civil, ley 1/2000. La ley concursal en su caso no es aplicable y no evitaría la ejecución.
La vía más directa es actualizar la hipoteca, situación posible, en virtud del artículo 693.3 de la LEC. Eso lo puede hacer usted sin consentimiento del acreedor. Para el caso de no ser posible, hay otros medios alternativos, pero requieren del consentimiento del acreedor.
Para el momento de la subasta se puede hacer algo también para que sea de aplicación lo regulado por el artículo 671 de la LEC y no el 670 de la misma ley, que es más desfavorable.
Le pido disculpas en cuanto a la web. La tenemos desarrollando un tiempo que se ha prolongado, mientras hemos dado de baja nuestro anterior enlace.

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