Gastos de peaje

Durante el año 2013 un empleado de la empresa estuvo pagando el peaje de su bolsillo, gasto que se le abonó y que está correctamente contabilizado si bien, lógicamente, no se declaró el IVA soportado puesto que no era una factura de la empresa.

Mi pregunta es: ¿Ese gasto lo puedo deducir en el impuesto de sociedades? Ya tengo la base imponible con pérdidas.

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En nuestra opinión, es un gasto deducible, si es un gasto necesario para realizar la actividad. En cualquier caso, para este tipo de gastos, usted puede solicitar la factura a la compañía que gestione la autopista a nombre de su empresa, aportando los justificantes de paso o realizando los pagos con una tarjeta de la empresa, por ejemplo...

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