¿Cómo se contabiliza la cta. 470 deudora al final ejercicio?

Hola Santi, buenas tardes: Al cerrar el ejercicio observo que la cta. 470 presenta saldo deudor y no sé que hacer con dicho importe. ¿Me podría aclarar el tema?.

Muchas gracias

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PUes eso es que la Agencia Tributaria te debe dinero. Comprueba desde cuando te viene el saldo y a qué corresponde, y asegurate que el saldo está vivo (que el expediente del impuesto que lo generó no ha sido pagado y no es un error contable). Si es así está bien la cifra, y si no lo es, debes cancelarlo contra gastos de ejercicios anteriores o contra gastos extraordinarios, cada uno implica una cosa, dependerá del origen del saldo.

Suerte en la búsqueda.

PUes la respuesta es clara: solicitar la devolución del IVA. Si la actividad está exenta del impuesto, todo el IVA soportado os lo deben devolver, y esa devolución se pide al presentar el modelo anual.

Hola Santi: Muchas gracias por tu respuesta, pero quisiera aclarar algunos conceptos que tengo algo oscuros. La contabilidad es la de una academia, la cual está exenta de iva devengado y al cerrar los trimestres y declarar el iva soportado, siempre sale a devolver. El saldo lo meto en la 470 y al incrementarse por los sucesivos trimestre, al final del año el saldo de la cta es siempre deudor por importe superior a los 1.000 €.

¿Qué habría que hacer en este caso?

Gracias anticipadas. Saludos. Vicente.

Santi, muchísimas gracias por tus repuestas sin la que no sabría que hacer ni como contabilizar dicha cuenta.

Seguro que volveré a incordiar con mas preguntas.

Saludos. Vicente

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