Calculo de la base para el pago fraccionado en el Impuesto de Sociedades

Respecto a este asunto se que la norma dice:

"Se tomará como base del pago fraccionado la cuota íntegra del último período impositivo cuyo plazo reglamentario de declaración estuviese vencido el día 1 del mes que corresponda, minorado en las deducciones y bonificaciones así como en las retenciones e ingresos a cuenta correspondientes a aquél"

Mi pregunta es, al restar a la cuota integra las retenciones e ingresos a cuenta se refiere también a los pagos fraccionados que se realizaron en aquel periodo o solamente a las retenciones que se nos aplicaron por conceptos tales como ingresos de intereses de cuenta corriente, ¿etc?

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En relación a tu pregunta, debes restar a la cuota íntegra las retenciones e ingresos a cuenta (no los pagos fraccionados). Por tanto, debes tomar como referencia el importe consignado en la casilla 599 de la última declaración del IS presentada a fecha 1 del mes que corresponda.
Espero haberte servido de ayuda. Se agradece valoración.

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