Pago fraccionado a cuenta Impuesto Sociedades
El pago fraccionado a cuenta, según tengo entendido, debe hacerse tomando como base la cuota íntegra resultante en la declaración de julio, minorada en las retenciones e ingresos a cuenta.
En mi caso, la cuota íntegra menos las retenciones e ingresos a cuenta, da como resultado una cantidad negativa, ya que la referida declaración tenía resultado a devolver.
¿Debo de presentar el mod. 202 con importe 0,00? ¿No tengo obligación de presentarlo? Agradeceré su respuesta.
Muchas gracias.
p.d.:Datos de la liquidación de julio: Base Imponible: 3.500; Cuota íntergra: 875; Retenc. E Ing. A cuenta: 1.900; Líquido a ingresar - 1.025.
En mi caso, la cuota íntegra menos las retenciones e ingresos a cuenta, da como resultado una cantidad negativa, ya que la referida declaración tenía resultado a devolver.
¿Debo de presentar el mod. 202 con importe 0,00? ¿No tengo obligación de presentarlo? Agradeceré su respuesta.
Muchas gracias.
p.d.:Datos de la liquidación de julio: Base Imponible: 3.500; Cuota íntergra: 875; Retenc. E Ing. A cuenta: 1.900; Líquido a ingresar - 1.025.
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