Iva

Hola! ¿He tenido que hacer una complementaria del iva del 4º trimestre del año pasado.Se contabiliza igual que el iva?. Yo ya lo había contabilizado y pagado. ¿Cómo contabilizo este iva que era repercutido de dos facturas de ventas de diciembre?
Muchas gracias!

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1
El asiento seria:
430.0 CLIENTE
A 477.0 iva repercutido.
Yo no me hubieses complicado haciendo una complementaria.
Yo me refería al pago en el banco de ese iva, porque yo las facturas ya las había contabilizado en su fecha. Muchas gracias de nuevo
No se si te entiendo. ¿Realizaste la liquidación de iva de 4º trimestre, la pagaste y después la cuenta de iva repercutido se te quedo con saldo? Entonces en la apertura de este año tendrás saldo en la 477. Yo lo que haría seria
477.0 A 572. BANCOS
Y así la cuenta se me quedaría saldada.aunque no es muy correcto. Las cuentas de hacienda publica deben de estar siempre "al pelo" porque las inspecciones que hacienda realiza regularmente lo primero que comprueban son las liquidaciones de iva y las comparan con el resumen anual.

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