Es sobre el modelo 130, mi marido es aparejador autónomo,

Cuales son las condiciones que debe cumplir para tener que rellenar el modelo 130, hablan de un 70 %, pero no se de que tengo que calcularlo, si tiene que rellenarlo como se rellena, el realiza facturas a personas físicas y jurídicas en las jurídicas mete el IVA y una retención del 15% esa retención, la suma de esas retenciones es la que tendría que colocar en la casilla 06.

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Para tener obligación de rellenar el modelo 130, simplemente es dándote de alta como persona física en una actividad en Hacienda, a partir de ahí ya tienes la obligación.

¿En cambio la pregunta sería cuando no hay que presentar este modelo 130?, y eso sí que sería cuando en la facturación que emites más del 70% este sujeta a retención (15%), en ese caso no hay obligación de presentar modelos 130 y se declararía directamente en la declaración de la renta como ganancias o perdidas derivadas de actividades económicas

Creo que lo tengo claro, es decir de todo lo que se factura , tanto con retención,como sin ella, del total calculo el 70% y si ese 70 ha sido facturado con retención , no tengo la obligación de realizarla.

muchísimas gracias

Eso es, lo único que has de tener en cuenta es que si has estado dada de alta el año pasado, haces el cálculo con las cantidades del año pasado y si es el primer año, te toca hacerlo por trimestres.

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