Facturas pendientes formalizar

Me gustaría saber cómo se contabiliza un gasto del cual todavía no hemos recibido factura, y sobretodo cuál es el funcionamiento del IVA. No sé si debo llevarlo todo a gasto (mayor base imponible), y cuando reciba factura y conozca importe del IVA, contabilizo el IVA, pero disminuyo también la cuenta en la que contabilicé el gasto.

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La contabilidad de un gasto que no puede ser soportado por un documento (en este caso la factura) entra en el apartado de las provisiones. En este caso estamos cumpliendo el principio del devengo. Debes contabilizar el gasto previsto contra una cuenta que puede ser 401XX proveedores (o acreedores) facturas pendientes de recibir, o una cuenta 480X "facturas pendientes de recibir". El PGC lo contempla. De esta forma estarás imputando el gasto en el mes adecuado (recordar que las empresas "Serias" cierran mensualmente). Cuando llegue la factura se debe contabilizar contra la cuenta de provisión utilizada, quedando ésta cuenta saldada por el importe provisionado. Si las cantidades difieren, se debe hacer un ajuste por la diferencia, que corregirá el gasto provisionado. Siempre el gasto será la base imponible. El IVA se contabiliza con el documento físico, la factura. Sin documento físico no se puede contabilizar el IVA, es un fraude.

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