Modelo 347

Hola,
Mi duda es la siguiente: le llevo la contabilidad a un autónomo y este le presta servicios a una comunidad de propietarios. Según el contable de la comunidad de propietarios ellos no están obligados a presentar el mod. 347, y no se si mi cliente tendrá que presentar dicho modelo con los datos de esta comunidad.
Yo interpreto que si, aunque la comunidad de propietarios no la presente. ¿Es así?
Gracias y saludos.
Respuesta
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Las comunidades de propietarios creo que no se rigen por el código mercantil. Son sujetos pasivos de IVA pero no se lo pueden deducir.
Su cliente autónomo sí tiene la obligación de presentar los 347.

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