Impuesto sociedades asiento erróneo

Acabo de entrar a trabajar en una empresa y llevo la contabilidad pero revisando la contabilidad del 2009 para ir mirando el impuesto de sociedades, he visto que en el año 2009 cerraron la contabilidad con el siguiente asiento:
121 Resultados negativos de ejercicios anterioresa 129 Resultado del ejercicio
Pusieron el mismo importe que aparece en el balance de perdidas y ganancias en el apartado RESULTADO ANTES DE IMPUESTOS sin aplicarle el porcentaje correspondiente del impuesto de sociedades.
La empresa tuvo perdidas y el 2009 fue el primer año que la empresa lleva en funcionamiento.
Yo creo que el asiento esta mal porque al cierro del ejercicio creo recordar que al resultado que da en el apartado RESULTADO ANTES DE IMPUESTOS del balance de perdidas y ganancias hay que aplicarle el porcentaje correspondiente del impuesto de sociedades, y sin embargo ellos no aplicaron nada.
Me gustaría que me asesoraras, porque estoy echa un lio. Si esta mal el asiento que aparece en la contabilidad de la empresa por favor dime que asiento debería hacer en el 2010 ya que el 2009 no se puede modificar porque ya se llevaron al registro los libros de contabilidad.

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El apunte que indicas no hace más que trasladar el resultado del ejercicio a una cuenta específica de reservas. Este asiento no tiene que ver con el asiento por el Impuesto de Sociedades y no hay que aplicarle ningún % de IS.
El asiento de 2009 está bien y no tienes que modificar nada.
Al tener pérdidas y poder compensarlas en los próximos ejercicios, tienes un derecho frente a la Hacienda Pública, que podrías reconocer, reduciendo las pérdidas del ejercicio. Sin embargo, en aplicación del criterio de prudencia, parece adecuado no registrar este derecho, ya que la sociedad acaba de empezar y hay incertidumbre sobre la generación de beneficios en el futuro.
Muchas gracias. Pero otra cosa, al hacer el impuesto de sociedades este año tengo que poner el porcentaje a las perdidas y ponerlo a compensar en ejercicios futuros en el modelo correspondiente, ¿no?
Si es así dime el asiento que tendré que hacer en la contabilidad del 2010 para reflejar ese porcentaje cuando haga el impuesto de sociedades, teniendo en cuenta el asiento que ya aparece en la contabilidad que se realizo en el 2009 sobre el impuesto de sociedades que te indique anteriormente.
Muchas gracias.
Efectivamente, al calcular el impuesto de sociedades del ejercicio 2009, aplicarás a la base imponible el tipo del impuesto de sociedades que corresponda y este cálculo te dará el importe de las cuotas que puedes deducir.
Pero, en aplicación del principio de prudencia, no contabilizas este derecho. Esto supone que tienes una diferencia entre el resultado contable y el fiscal del ejercicio 2009, que se igualará cuando apliques las bases negativas.
Perdona por preguntar otra vez, pero me podrías decir el asiento que tengo que hacer cuando haga el impuesto de sociedades.
Muchas gracias! Me estas siendo de gran utilidad.
No debes hacer ningún asiento por el impuesto de sociedades, en aplicación del principio de prudencia.
El asiento sería:
4745. Crédito por pérdidas a compensar del ejercicio
         A 6301. Impuesto diferido

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