Iva hacienda

Te explico me han hecho una faena.
Tengo una empresa de electricidad y fontanaria que hacemos obras, pues bien en una de estas obras subcontrate a otra empresa, que era conocida y no tenia mucho trabajo y les di una obra, ellos se encargaban de todo, materiales mano de obra, un subcontrata vamos. Pues ellos iban facturando pues mes a mes, y yo facturaba a la construcntora, pues una vez de se acabo la obra, hasta ahí iba todo bien, incluso yo le preste algunos operarios míos pagándoles yo, y no pedirles nada, bueno pues acabada la obra esta empresa subcontrada cierra. Yo les fui pagando como se iba facturando, y al final de obras pues les tengo retenido lo que la constructora me tiene retenido a mi, hasta que los pisos estén entregados y revisados para los vecinos. Ahora están viviendo ya todos los vecinos y yo tengo allí 2 operarios que llevan más de dos meses, arreglando todos los desperfectos, y esto vale bastante más que lo que tengo retenido. Hacienda les ha pedido el iva, y ellos alegan que no lo pagan porque yo no les pago, y entonces tengo que pagarlo yo, yo les dije que arreglaran todo lo que hicieron mal y no dieron señales de vida. Tengo todos los partes firmados por los vecinos de los arreglos que he tenido que realizar, si eso sirve de algo. ¿Hay alguna solución para no tener que pagar yo ese iva?.

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Evidentemente es el subcontratista el que debe abonar el IVA que te ha repercutido por sus facturas, pero si esta sociedad carece de actividad, Hacienda trata de cobrar incluso de los clientes que tuviera el deudor, les suele remitir una carta donde se les explica que el débito que mantuvieran con esa empresa se lo hagas efectivo a ellos para subsanar la deuda, es algo común. En tu caso no se trata de una deuda al uso, se trata de la retenciones por obra (el 5% supongo) que quedan como garantía hasta la conclusión de los trabajos, y se reembolsa a total satisfacción del bien entregado o servicio prestado.
Por tanto y tratándose de una retención en garantía, y no haberse terminado correctamente la prestación, lo lógico es aplicar la garantía, ese dinero retenido, a los trabajos de reparación que estáis haciendo sobre los desperfectos observados en el bien entregado. Es importante que guardéis tanto los partes de trabajo firmados, avisos de reparación, o cualquier medio de prueba que tengáis acerca de la efectividad de la terminación negligente de la obra.
Si ya habéis recibido esa comunicación por parte de Hacienda, ahora solo tenéis que manifestar que vuestro saldo con esta empresa es nulo, y por qué.
Particularmente he visto varias veces este procedimiento, y habitualmente Hacienda trabaja con unos datos que en estos casos suelen estar desfasados, en el sentido de que me suelen llegar comunicaciones de retención de saldos de proveedores míos, a los que ya no les debo nada hace tiempo, incluso con los que ya no trabajo, pero es así, mandan comunicación a todos los que ellos piensan les puede deber dinero, tan solo hay que manifestar la no existencia de esa deuda, y llegado el caso motivarla (aunque esto es más raro si son deudas menores).

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