Consulta sobre NPGC

Hola:
Necesito solventar las siguientes inquietudes:
1.En el nuevo plan contable los gastos de periodos anteriores se registran contra reservas voluntarias. En el caso que la empresa no existan en la empresa tales reservas, ¿hay qué crearlas o se puede utilizar otra cuenta?
2.¿A qué cuenta llevar la adquisición de participaciones a largo plazo en una Sociedad de Garantía Reciproca? Tales participaciones serán reembolsadas en algún momento cuando finalice la actividad conjunta.
Gracias,

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Respuesta
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Creo que la pregunta no está bien formulada, imagino que cuando se refiere a los gastos de periodos anteriores quiere referirse a las pérdidas de ejercicios anteriores, ¿es así?
La SGR pasa a formar parte del capital de la empresa, es decir, es un socio minoritario de la misma, así el capital aportado debe aparecer como aportaciones de capital de los socios.
A la salida, la SGR venderá sus participaciones.
Ante nada, gracias por la rápida contestación. Si es posible, en base a lo que me ha respondido necesito comentarle algo más:
- Cuando me referí a gastos de períodos anteriores, concretamente se trata de una factura de combustible del 2007 que estaba traspapelada y por tanto pretendemos registrarla este año. Por eso preguntaba si era necesiario crear saldo en la cuenta"Reservas Voluntarias", ya que en el NPGC desaparece la cuenta gastos de periodos anteriores.
- En el caso de la SGR, se trata de adquisición por parte de la empresa de participaciones. ¿Puede llevarse a la cuenta 250?
Saludos,
No hay problema. De hecho:
Las facturas fechadas en el ejercicio anterior, recibidas antes de la presentación de la liquidación del IVA del último período, pueden imputarse en su totalidad al ejercicio precedente.
Aquellas que se reciben con posterioridad a la presentación de la liquidación del IVA, si corresponden al ejercicio anterior, las podrías imputar generando una subcuenta tipo 4009 por ejemplo que indique Facturas pendientes de recibir de ejercicios anteriores, a posteriori la puedes imputar normalmente.
¿Respecto a la SGR? - ¿Sois vosotros los que compráis o la Sgr la que adquiere un residual de las participaciones de la empresa? (Perdona pero no he acabado de comprender el sentido de quién compra las participaciones).
Respecto a las SGR, son participaciones que adquiere la empresa a largo plazo como parte de las exigencias.
Respecto al gasto del 2007, me queda claro.
Gracias una vez más,
En este caso tendría que contabilizarlo como participaciones de capital en empresas ajenas, no asociadas ni del grupo, es una inversión y por tanto tendrá que llevarlo a la cuenta 2405.
Un saludo
Jaime Feiner.
[email protected]

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