Mi empresa era una cooperativa que se transformó en Sociedad Limitada. ¿Cómo gestiono el modelo 347?

Mi empresa era una cooperativa y luego se transformó en s.l. A la hora de hacer el 347 como debo hacer:
* declarar todo junto
* Declarar cada empresa por separado.
A su vez tengo una proveedor que también ha cambiado su denominación social y cif como debo declarar estas operaciones juntas o separadas de cada cif que me ha facturado.

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Siento haber tardado en contestar pero la verdad es que no encontraba soporte legal a mi respuesta, y me ha llevado unos días, la respuesta es que sí, lo debes de declarar todo junto tanto para tu empresa como para tu proveedor, ya que se considera un mismo obligado tributario a efectos de la aplicación del contenido del R.D. 2027/95, toda vez que el cambio de forma jurídica no supone extinción de la entidad, subsistiendo la misma personalidad jurídica, sin que el citado Real Decreto, además, contemple una excepción relativa al cambio de forma jurídica.
Esta respuesta tan formal no es mía, la he extraído de la página de la agencia tributaria de su sección preguntas frecuentes ref 113372-OBLIGADOS. CAMBIO DE FORMA JURÍDICA, te lo comento porque en estos temas fiscales supongo que preferirás tener una cierta seguridad al margen de una respuesta en un foro que al fin y al cabo no deja de ser eso, un canal no oficial de información.
Un saludo
Manuel
[email protected]
Hola, muchas gracias por tu respuesta, veo que te tomas muy en serio esto de contestar preguntas en este foro. Tengo una pequeña duda sobre lo del proveedor porque en alguna otra ocasión nos ha ocurrido y lo hemos declarado cada cantidad con su cif correspondiente y no hemos tenido problema, ¿Estaría mal si lo hacemos por separado? ¿Qué problemas podría traer? Gracias y espero no ser pesada con otra nueva pregunta. Muchas gracias.
La verdad es que a esto no te puedo contestar con un 100% de veracidad ya depende:
1) Si lo que pasó fue que el cif cambió, no sólo de letra sino también de numero, entonces habéis hecho lo correcto ya que lo que ha pasado es que la persona jurídica ha cambiado.
2) Si sólo cambió de letra y lo habéis puesto por partida doble en principio yo creo que lo más que os puede pasar es que hacienda os mande una carta de esas que te dejan el corazón que ni House te lo arregla, pero que cuando les explicas lo que ha pasado te dejan tranquilo.
Ojo como te dije al principio, no estoy seguro al 100 % en el segundo caso y tampoco he encontrado casos iguales al tuyo, pero en cosas parecidas que me han pasado, la verdad es que la gente que trabaja en hacienda suele tener el sentido común suficiente para que no llegue la sangre al río.
Espero haberte sido de ayuda, de todas formas, tú pregunta y repregunta todas las veces que quieras, ya que por lo menos en mi caso he metido en el foro, para aprender con cada pregunta que me hacen y ayudarme a mantenerme actualizado
Un saludo
Manuel
[email protected]

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